REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, diecinueve (19) de septiembre de (2017)
Años: (207° y 158°)

En horas de despacho del día de hoy, martes diecinueve (19) de septiembre de (2017), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), día y hora fijado por este Tribunal por auto de fecha (09-08-2017) para la presentación del testigo promovido por la parte Recusante, ciudadano ELEUTERIO CIRILO SÁNCHEZ SICILIA, a los fines que rinda declaración en la presente causa. Presentes en la sede de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, la abogada MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR, el abogado IRVING LEONARDO REYES GONZÁLEZ, y el abogado ANTONIO LUÍS ROJAS PARRA, con el carácter de Jueza, Secretario Temporal y Alguacil de este Juzgado, respectivamente. En este estado, el Tribunal deja constancia que a la hora fijada, comparecen el abogado RUBÉN RAFAEL RUMBOS GIL, titular de la cédula de identidad número V-7.583.616, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 34.950, actuando con el carácter de representante judicial de la parte Recusante, presentando el testigo ciudadano ELEUTERIO CIRILO SÁNCHEZ SICILIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.791.210, domiciliado en la Avenida 6 Casa N°54, Sector Plaza Sucre, Municipio Nirgua del Estado Yaracuy. Antes de comenzar el examen del testigo ut retro identificado, se cumplió con lo establecido en el artículo 486 del Código de Procedimiento Civil, prestando el debido juramento el ciudadano ELEUTERIO CIRILO SÁNCHEZ SICILIA, antes identificado, quien jura decir la verdad de los hechos. En este estado, pasa a ser interrogado de viva voz por el abogado promovente, quien le formula las siguientes preguntas: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga si en el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Agrario del estado Yaracuy, lo han demandado por una Acción Mero Declarativa y un Retardo Perjudicial, el ciudadano Lucio Rodolfo Sicilia Batista, a través del abogado José Elías Pinto y otros?, Respondió el testigo: “si”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga si conoce al abogado José Elías Pinto?, Respondió el testigo: “mas o menos de vista”. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga si usted vio al abogado José Elías Pinto y a la Juez del tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Agrario del Estado Yaracuy, reunidos en el Tribunal y qué estaban haciendo?, Respondió el testigo: “la jueza salió haciéndole cosquillas y muy sonriente, y a mí ni me saluda, haciendo negocios no, yo vi a la jueza haciéndole como cosquillas saludándole, para mí lo vi importante porque es en perjuicio mío, son como aliados”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga el testigo en que parte del Tribunal estaba usted, cuando observo los hechos antes narrados?, Respondió el testigo: “yo estaba sentado en la mesa de consulta de expediente, ella salió del despacho para afuera, para ahí mismo.”. QUINTA PREGUNTA: ¿Diga quién es el abogado al que usted se refiere en las respuestas anteriores?, Respondió el testigo: “el señor José Elías Pinto”. SEXTA PREGUNTA: ¿Por qué le consta a usted los hechos narrados anteriormente?, Respondió el testigo: “Porque yo lo vi personal,”. Finalmente, luego de haberle dado lectura a la presente Acta se da por terminado el presente acto. Es todo, terminó, se leyó y en conformidad firman.
LA JUEZA,


Dra. MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR.
LA SECRETARIO TEMPORAL,


EL ALGUACIL, ABG. IRVING LEONARDO REYES GONZÁLEZ


ABG. ANTONIO LUÍS ROJAS PARRA
EL TESTIGO,


ELEUTERIO CIRILO SÁNCHEZ SICILIA
LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL
DE LA PARTE ACCIONANTE,


ABG. RUBÉN RAFAEL RUMBOS GIL