REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veintinueve (29) de Septiembre de (2017)
(207° y 158°)


EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000402

De la revisión de los documentos consignados vía correo electrónico de este Tribunal; cuyo contenido se relaciona con las diversas tramitaciones realizadas por los miembros del Consejo Comunal “El Samán De La Victoria” ante las instituciones regionales; este Juzgado Superior Agrario acuerda en primer lugar, solicitar a la Oficina Regional de Tierras del estado Yaracuy indique a este Tribunal si se mantiene la condición de tenencia del terreno objeto de la presente solicitud; tal y como informara esa Institución en constancia emitida en fecha (03-05-2011), que riela en copia fotostática simple al folio ciento sesenta (160) de la pieza principal, adjúntese copia simple de dicho documento. Así mismo, se acuerda requerir mediante Oficio a la Sindicatura Municipal del Municipio San Felipe, informe a este Juzgado si el terreno objeto de la presente Medida Autónoma de Protección, se encuentra en la actualidad fuera de la Poligonal Urbana, según el Plan de Desarrollo Urbano Local San Felipe- Cocorote- Marín- Albarico, tal y como se expresó en correspondencia de fecha (21-10-2009), que dirigiera ese Despacho Municipal a la ciudadana Magallys Esquea, el cual corre inserto en los folios ciento cuarenta y siete (147) y ciento cuarenta y ocho (148) de este expediente, anexándole al requerimiento copia simple de la misma. Por último, este Tribunal acuerda convocar a los ciudadanos Coordinador General de la Oficina Regional de Tierras del estado Yaracuy y Síndico Procurador Municipal del Municipio San Felipe, a una mesa de trabajo que se llevará a cabo el día martes tres (03) de octubre de (2017) a las diez de la mañana (10:00 a. m) en la sede de este Juzgado, a la cual deberán traer planos, documentos o informes técnicos que considere pertinentes que permitan a esta Juzgadora formar mejor criterio sobre el presente asunto. Líbrese. Cúmplase.
LA JUEZA,


DRA. MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR
EL SECRETARIO TEMPORAL,


ABG. IRVING LEONARDO REYES



Seguidamente se cumplió con lo ordenado, librándose los oficios Nº JSA-0201/2017 y Nº JSA-0202/2017.
EL SECRETARIO TEMPORAL,


ABG. IRVING LEONARDO REYES

EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000402
MCGS/ILR/jm