REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE, VEROES, SUCRE, LA TRINIDAD, BOLÍVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 21 de Septiembre de 2017.
Años: 207° y 158°

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, y practicada la inspección Judicial en fecha (18) de Septiembre de 2017, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, las ciudadanas ADRIANA MERCEDEZ RAMIREZ PARRA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.647.970, domiciliada en el Sector Cantarrana, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy y GIOCONDA KISAIDA AGUILAR PEREIRA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.912.614, domiciliada en el Sector Banco Obrero, Casa s/n Calle Principal, Municipio Cocorote del Estado Yaracuy. Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Sucre, La Trinidad, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario Ordinal Quince en concordancia con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y con lo previsto en el Artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficiente, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano ORLANDO JOSÉ D’ LUCA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-7.511.392, debidamente asistido por el abogado en ejercicio CESAR J CORTEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el N°138.795, TÍTULO SUPLETORIO QUE SE DECRETA SOBRE LAS BIENHECHURÍAS ampliamente descritas en el acta de inspección Judicial efectuada por este Tribunal, construidas en un lote de terreno municipal, constante de una superficie de TREINTA y DOS MIL CIENTO SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, (32.165,00 mts2), aproximadamente, ubicado en el Sector Culantrillo, Calle Principal que conduce de la Avenida Alberto Ravell al Parque Nacional del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Terrenos que es, o fue de Edgar Muñoz y Quebrada Culantrillo; SUR: Terreno que es, o fue de Francisco Galindez; ESTE: Quebrada Culantrillo y OESTE: Calle Principal. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Asimismo, se ordena entregar al solicitante antes mencionado, estas actuaciones con sus resulta en original, dejando copias certificadas en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. JESUS LEONARDO QUINTERO.

EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS MUJICA
En esta misma fecha, se cumplió lo ordenado en el auto que antecede, se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de sus folios útiles.

EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS MUJICA
S-0805