REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE, VEROES, SUCRE, LA TRINIDAD, BOLÍVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 26 de Septiembre de 2017.
Años: 207° y 158°

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, y practicada la inspección Judicial en fecha (18) de Septiembre de 2017, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, las ciudadanas WILLIAN COROMOTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.877.266, domiciliado en la 4ta. Avenida entre calle 8 y 9, casa Nº 8-17 Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, y MONTERO SIMON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.570.310, domiciliado en la Avenida Paulo Emilio Avila, casa s/n. Municipio San Felipe del Estado Yaracuy. Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Sucre, La Trinidad, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario Ordinal Quince en concordancia con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y con lo previsto en el Artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficiente, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano ROBERTO JOSE GIMENEZ MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-7.912.900, debidamente asistido por el abogado en ejercicio NELSON APONTE ANDRADES inscrito en el Inpreabogado bajo el N°132.405, TÍTULO SUPLETORIO QUE SE DECRETA SOBRE LAS BIENHECHURÍAS ampliamente descritas en el acta de inspección Judicial efectuada por este Tribunal, construidas en un lote de terreno municipal, constante de una superficie de DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN METROS CON SESENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (2.491,69 mts2), aproximadamente, ubicado en la Urbanización Bella Vista, Av. Pablo Emilio Ávila, entre Av. La Paz y Av. Yaracuy, Parroquia San Felipe, Jurisdicción del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, en alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa y Terreno que es, o fue de Sergio Siere con 52,61mts; SUR: Casa y Terreno que es, o fue de Familia Aponte/Av. La Pablo Emilio Ávila que es su frente/Casa y Terreno que es, o fue de Antonio Silva/ Constructora Tecma C.A con 20,65/2,99/21,55/15,45 mts.; ESTE: Casa y Terreno que es, o fue de Víctor López Pérez/casa y Terreno que es, o fue de la Familia Aponte con 23,94/45,10 mts y OESTE: Casa y Terreno que es, o fue de Antonio Silva/ Constructora Tecma C.A./ Casa y Terreno que es, o fue de Félix Antonio Alcalá/ Casa y Terreno que es, o fue de Petra Jiménez/Casa y Terreno que es, o fue de Rubén Montilla 39,75/9,53/17,00/15,07/23,97 mts. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Asimismo, se ordena entregar al solicitante antes mencionado, estas actuaciones con sus resulta en original, dejando copias certificadas en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JESUS LEONARDO QUINTERO.
EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS MUJICA


En esta misma fecha, se cumplió lo ordenado en el auto que antecede, se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de sus folios útiles.
EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS MUJICA

S-0796