REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 27 de septiembre de 2017
Años: 207º y 158º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas INYARELIS ZAHIR HERNANDEZ AGUIAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 17.254.611; y domiciliada en la calle 4, vereda 36, casa N° 04, urbanización la Ascensión, municipio San Felipe, estado Yaracuy, y YERELY DEL CARMEN DUNO BRACHO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 13.505.189; y domiciliada en la calle Padre Pineda con calle Padre Pacheco, quinta El Nazareno, municipio San Felipe, estado Yaracuy; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana OMALIS DEL VALLE MIRANDA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.483.130; sobre unas bienhechurías descritas en la solicitud, y que por información desprendida del Informe Técnico de Verificación de Inmueble, emitido por la Alcaldía del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, construidas sobre un área de terreno propiedad municipal, que mide doscientos ochenta y seis metros cuadrados con setenta y un centímetros cuadrados (286,71 Mts2) y un área de construcción de ciento doce metros cuadrados con sesenta y cinco centímetros cuadrados (112,65 Mts2), ubicadas en la calle Padre Pacheco, municipio San Felipe, estado Yaracuy, la cual consiste en una (1) casa
distribuida en dos (2) habitaciones, constituida con paredes de cemento y frisada, dos (2) salas de baño, techo de platabanda, puertas y ventanas con protectores de hierro, una (1) cocina empotrada, piso de cerámica, un (1) porche enrejillado totalmente, cercado eléctrico, tanque de cemento de 1500 litros y garaje con su respectivo portón de hierro, alinderada de la siguiente manera: Norte: casa y solar que es o fue del Sr. Antonio Sobrino Leboso, con 7,05 Mts; Sur: calle Padre Pineda que es su frente, con 8,00 Mts; Este: parcela N° 07, con 38,11 Mts y Oeste: casa y solar que es o fue del Sr. Carlos Jiménez, con 38,14 Mts.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.-
La Jueza Temporal,


Abg. María Elena Camacaro
El Secretario Temporal,

Abg. Maximiliano Baquero



En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas, constante de diez (10) folios útiles.



El Secretario Temporal,

Abg. Maximiliano Baquero