REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, nueve (09) de abril de 2018
207° y 159°

AUDIENCIA ESPECIAL CONCILIATORIA EN FASE DE EJECUCIÓN

Nº DE EXPEDIENTE UP11-L-2009-000462

PARTE DEMANDANTE NELLY BEATRIZ MARTINEZ GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.551.539

ABOGADO APODERADO ZAFIRO NAVAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 24.555.

PARTE DEMANDADA
INSTITUTO AUTONOMO DE DEFENSA CIVIL Y DE APOYOS EN CASO DE EMERGENCIAS Y DESASTRES NATURALES DEL ESTADO YARACUY.
ABOGADO APODERADO DE LA
PROCURADURIA DEL ESTADO YARACUY YORVIN MANSABEL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 177.879
MOTIVO COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En la ciudad de San Felipe estado Yaracuy, a los nueve (09) días del mes de abril de 2018, siendo las diez de la mañana (10:00 A.M.), constituido como se encuentra el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, para la realización de la audiencia especial conciliatoria en fase de ejecución, con motivo de la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, incoada por la ciudadana NELLY BEATRIZ MARTINEZ GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.551.539, representada en este acto por la abogada en ejercicio ZAFIRO NAVAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 24.555, CONTRA el INSTITUTO AUTONOMO DE DEFENSA CIVIL Y DE APOYO EN CASO DE EMERGENCIAS Y DESASTRES NATURALES DEL ESTADO YARACUY, representado en este acto por el profesional del derecho YORVIN MANSABEL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 177.879. El ciudadano Juez temporal ROBERT SUÁREZ, declara abierto el acto y da inicio a la audiencia especial conciliatoria en fase de ejecución, debidamente como se encuentra abocado a la presente causa en fecha 04/04/2018, tal como se evidencia al folio 133. Ahora bien, este Tribunal, luego de revisadas las actas procesales, observa al folio 123 al 126, diligencia de fecha 01/11/2017, suscrita por ambas partes mediante la cual la parte demandada entrego a la parte actora el primer pago correspondiente al ejercicio fiscal del año 2017, por la cantidad de NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMOS (92.449,57). Seguidamente, el día de hoy el apoderado de la parte demandada consigna el segundo pago correspondiente al ejercicio fiscal 2018, a favor de la ciudadana NELLY BEATRIZ MARTINEZ GIMENEZ, por la cantidad de CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON TRECE CENTIMOS (184.899,13), mediante cheque Nº 71006198, girado en contra la entidad bancaria BANCO DE VENEZUELA. En este estado, la apoderada judicial de la parte demandante, ya identificada, recibe conforme el pago antes descrito. El ciudadano Juez, deja expresa constancia del segundo y último pago realizado conforme a lo estipulado en el presente asunto atendiendo al mandato de la sentencia y de la experticia complementaria del fallo, sin que quede nada pendiente. Finalmente se da por terminado el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO ALCANZADO ENTRE LAS PARTES, dándole el carácter de COSA JUZGADA. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente, una vez quede firme la presente decisión.-
El Juez Temporal,


Abg. Robert José Suárez Aguilar


Apoderada de la Parte Demandante, Apoderado de la Parte Demandada,


Abg. Zafiro Navas Abg. Yorvin Mansabel


La Secretaria,


Abg. Alexzandra Mora