REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veintitres (23) de abril del (2018)
(208° y 159°)
EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000399
Vista la diligencia presentada en esta misma fecha (23/04/2018), por la abogada SUHAIL ANAYANTZY HERNÁNDEZ ALVARADO, inscrita en el Instituto de Previsión Socoal del Abogado bajo el número 81.067, representacion judicial de la ciudadana NANYI SILENA GODOY MOGOLLON, identificada en autos, Tercera Interesada (Coadyuvante) en la presente causa, donde manifiesta lo que sigue: “…solicito muy respetuosamente de este tribunal se sirva fijar nueva oportunidad para la evacuacion de los testigos debido a que por problemas de transporte se hizo imposible presentarlos en la oportunidad fijada…”. En consecuencia, este Juzgado Superior Agrario, en virtud de que la presenta causa se encuentra dentro del lapso legal de Evacuación de Pruebas, ACUERDA de conformidad con lo establecido en el artículo 483 del Código de Procedimiento Civil, nueva oportunidad para la evacuación de los testigos; la cual tendrá lugar al Segundo 2º día de despacho siguiente al de hoy (23/04/2018) (Exclusive), en el siguiente orden: La ciudadana ZULMARY DEL CARMEN BALLESTER COLINA, titular de la cédula de identidad número V-16.122.046, domiciliada en la carretera Chivacoa-Nirgua, Km 3 y 4, Finca “El Molino”, Sector “Los Horcones”, Chivacoa del Municipio Bruzual del estado Yaracuy, a las once horas antes meridiem (11:00 a.m.); el ciudadano UVALDO COLMENAREZ, titular de la cédula de identidad número V-16.122.046, domiciliado en la calle 17 entre avenidas 3 y 4 Chivacoa del Municipio Bruzual del estado Yaracuy, a la una post meridiem (01:00 p.m.); el ciudadano EDWAR JOSÉ SÁNCHEZ MOLINA, titular de la cédula de identidad número V-20.539.228, domiciliado en la calle principal de Guaraboa, casa N° 16, Municipio Sucre del estado Yaracuy, a la una y treinta post meridiem (01:30 p.m.); el ciudadano JOSÉ RAÚL AGATON, titular de la cédula de identidad número V-5.464.802, domiciliado en la calle 17 entre avenidas 3 y 4, Chivacoa del Municipio Bruzual del estado Yaracuy, a las dos horas post meridiem (02:00 p.m.); y el ciudadano OSWALDO RAMÓN PIÑA RIVERO, titular de la cédula de identidad número V-12.284.005, domiciliado en la Urbanización Tricentenario, calle 3, casa N° 22, Municipio Bruzual del estado Yaracuy, a las dos y treinta post meridiem (02:30 p.m.); por lo que corresponderá a la parte promovente trasladar a dichos testigos a fin de ser evacuados por ante este Juzgado Superior de conformidad con lo establecido en el artículo 483 del Código Civil Venezolano. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPERIOR,
Dra. MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR.
El SECRETARIO,
ABG. IRVING LEONARDO REYES.
EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000399
MCSG/ILR/mp.