REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, cinco (5) de abril de (2018)
(207° y 159°)
ACTA DE MESA DE TRABAJO
En horas de despacho del día de hoy, jueves cinco (5) de abril de dos mil dieciocho (2018), siendo las dos horas post meridiem (02:00 p.m.), día y hora fijada por este Tribunal mediante auto de fecha (02/04/2018) a los fines de realizar la Mesa de Trabajo acordada en acta de Inspección Judicial de fecha (22/02/2018) en el Cuaderno Separado del expediente signado con el número JSA-2018-000424 (nomenclatura particular de este despacho), donde se sustancia MEDIDA DE PROTECCIÓN, solicitada por el abogado José Luís Ojeda Escobar, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 95.594, representante judicial de los ciudadanos ROSA GUILLERMINA GIL DE COLMENÁREZ, MARÍA EUGENIA COLMENÁREZ GIL, FANNY VIOLETA COLMENARES GIL, LENYS CRISTINA COLMENARES GIL, RAMÓN IGNACIO COLMENÁREZ GIL y YARA JOSEFINA COLMENÁREZ GIL, titulares de las cédulas de identidad números V-2.177.560, V-7.553.554, V-7.514.318, V-7.589.593, V-8.517.992 y V-12.281.450, en su orden. En este estado, se deja constancia que se encuentran presentes en la Sala de Audiencia de este Juzgado Superior Agrario, la DRA. MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR, el abogado IRVING LEONARDO REYES GONZÁLEZ, el abogado ANTONIO LUÍS ROJAS PARRA, con el carácter de Juez Superior, Secretario Temporal y Alguacil, respectivamente. De igual modo, se deja constancia que se encuentran la representación judicial de la parte accionante el abogado JOSÉ LUÍS OJEDA ESCOBAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 95.594; por el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, el Profesional del derecho HENRY JACOB MOTA FERNÁNDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 13.181,en su carácter de apoderado judicial; la profesional del derecho Ciudadana ALEJANDRA ISAURA DELVIGNE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 108.984, en su carácter de SÍNDICO PROCURADOR DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO YARACUY; Asimismo se deja constancia de la presencia del ciudadano RAMÓN IGNACIO MORA ZERPA, titular de la cédula de identidad número V-7.732.416, tercero interesado en la presente causa, asistido por el profesional del derecho CARLOS EDUARDO ARANGO ANDUEZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 50.639; el ciudadano ING. Agr. HÉCTOR LUIS AGREDA, titular de la cédula de identidad número V-8.396.178, presentes los ciudadanos ING. JOSÉ RAFAEL RODRÍGUEZ PÉREZ, en su carácter de DIRECTOR ESTADAL DE ECOSOCIALISMO Y AGUAS-YARACUY, acompañado de los funcionarios ciudadanos LUIS ZAMBRANO, NOUEL EMILIO, EDUAR GREGORIO FUENTES ESCALONA, titulares de las cédulas de identidad números V-12.082.976, V-7.915.876, V-14.710.771, adscritos a dicha Dirección Estadal. En este estado, la ciudadana Jueza, da inicio a la reunión dando a conocer el punto que se tratara en la presente mesa de trabajo, tal y como sigue: relacionadas con la medida de protección de los recursos naturales, en virtud del impacto ambiental que se evidencia en el lote de terreno objeto de la presente medida, asimismo, dio lectura del artículo 129 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Seguidamente se le concedió el derecho de palabra al ciudadano RAMÓN MORA, antes identificado, Tercero Parte, quién manifestó su disponibilidad de realizar cualquier corrección para la preservación del ambiente. De seguidas toma la palabra el ING. HÉCTOR AGREDA, antes identificado, quien señaló ser especialista en Estudio de Impacto Ambiental, quien recalcó la importancia de conocer el histórico y el contexto donde se realizan los proyectos, yo realicé el estudio de impacto ambiental, cuando hablamos de afectación de los recursos naturales vemos que en esta zona hay una urbanización al lado del terreno, la zona industrial, la autopista y el cementerio, indicando que el tipo de vegetación no es la original, pues ha sido intervenida desde hace muchos años, considerando importante la reforestación e indicando que en el caso de una explotación bovina debería valorarse la capacidad de carga. En este estado interviene la ciudadana Juez y aclara sobre la explotación bovina que será determinada aparte, indicando que la idea de esta mesa de trabajo es establecer una agenda determinando punto a punto las medidas y/o las acciones a realizar, si va a ver afectación es para mejorar y no empeorar. De seguidas, toma la palabra el ciudadano NOUEL EMILIO, adscrito a la Dirección de Ecosocialismo y Aguas Yaracuy, informando como PRIMER PUNTO: AVANCE DE LA OBRA: que la obra está entre un 80 y 85% de avance, señalando que cuando se estuvo en el sitio ya se había removido la capa vegetal. SEGUNDO PUNTO: MODIFICACIÓN DEL RELIEVE: se realizó la modificación del relieve para la colocación de la losa, el corte que se hizo fue con el objeto de realizar el terraceo para el galpón, lo cual afectó arboles de estrato medio como: oreja de ratón, sobre todo la vía que conduce a Cañaveral, indicando que la afectación se extendió, en virtud de que el permiso fue otorgado por 0,5 ha y se extendió al noroeste del galpón en una superficie de unos 3 mil M2 al cual se le había removido unos 8 centímetros de capa vegetal, asimismo señaló que hacia la parte sureste hay otro terreno de casi 4 mil m2 donde también se hizo remoción de la capa vegetal, eso no estaba contemplado en el informe de impacto ambiental, pero que no causó un impacto ambiental de gran consideración; además indicó que lo que se removió allí fue pasto, hierba en barbecho a excepción de 2 árboles que estaban en el suelo. En este estado interviene la ciudadana Juez y pregunta: ¿Qué recomendarían?. De seguidas el funcionario responde, que se deben activar las medidas mitigantes tal como se recomendó en el informe, por cada uno de los árboles talados se deben sembrar 8. De seguidas, la Juez Superior pregunta al Ing. Héctor Agreda, ¿Qué se va a hacer aquí?, respondiendo el ingeniero Agreda, eso está contemplado en el estudio del impacto ambiental, señalando que el responsable es el que ejecuta el proyecto y la supervisión la realiza o la efectúa el MINEA. En este estado toma la palabra la representación de la parte accionante, quien pregunta ¿Dónde está’ el permiso de ocupación otorgado por el INTI a favor del Dr. Ramón Mora? , todo ello para evitar que se sigan ocasionando más daño en ese lote de terreno. De seguidas toma la palabra el abogado Carlos Arango quien señaló que ellos son los propietarios del lote de terreno donde se está ejecutando la obra, pero que ese no es el tema a tratar en este acto. En relación al TERCER PUNTO: IMPACTO AMBIENTAL: el funcionario de Ecosocialismo y Aguas ciudadano NOUEL EMILIO señala que en virtud de las afectaciones observadas, es de importancia acotar que debe existir en toda obra un profesional en Seguridad de Higiene y Ambiente, tales impactos que están alrededor del galpón se esperaban por lo que fueron identificados, los cuales en la etapa final de la obra se deben ejecutar construcciones complementarias como cunetas, la solución es reforestar con especies no maderables como: cola de ratón, araguaneyes, apamates, flamboyanes. PUNTO CUATRO: DISTANCIAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA A LA QUEBRADA LA VIRGEN: señaló el funcionario de MINEA que el galpón se encuentra a mas de 300 metros de la quebrada, y que se debe determinar cuanta superficie corresponde al área urbana y al área rural. Por último, recomienda, que se deben cumplir siempre los tres tramites: 1) acreditación técnica; 2) autorización de ocupación del territorio, pues en este caso hay dos administradores, la Alcaldía del Municipio Independencia por la poligonal urbana y el Ministerio para el Poder Popular para la Agricultura Productiva y Tierras de la Depresión Turbio Yaracuy, por el área rural; 3) autorización para la afectación de los recursos naturales. En este estado interviene la ciudadana Síndico y expone que la Gobernación esta realizando trabajos en la quebrada, comprometiéndose a informar a este Tribunal cual es la dependencia que está realizando dicha obra. De seguidas la ciudadana juez ordena oficiar a la Gobernación del estado Yaracuy a fin de que informe a este despacho sobre la ejecución de la obra en la Quebrada La Virgen, así como también Oficiar al MINEA a los fines de que remita el análisis georeferencial de la zona objeto de la presente medida. En este estado la ciudadana Juez Superior informa que se dictará parcialmente la medida dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes. Finalmente, la ciudadana Jueza da por concluido la presente Mesa de Trabajo, siendo las tres y treinta post meridiem (03:30 p.m.), ordenando levantar la correspondiente acta. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SUPERIOR,
Dra. Margarita García Salazar
LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL
DE LA PARTE SOLICITANTE,
ABG. José Luís Ojeda Escobar
IPSA N° 95.594
LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL
DEL INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS,
Abg. Henry Jacob Mota Fernández
IPSA N° 13.181.
,
SÍNDICO PROCURADOR DEL MUNICIPIO
INDEPENDENCIA DEL ESTADO YARACUY
Abg. Alejandra Isaura Delvigne
IPSA N° 108.984
TERCERO PARTE,
POR ECOSOCIALISMO Y AGUAS (MINEA)-YARACUY,
EL ALGUACIL,
Abg. Antonio Luís Rojas Parra
EL SECRETARIO,
Abg. Irving Leonardo Reyes González
EXPEDIENTE Nº JSA-2018-000424
CUADERNO DE MEDIDA
MCGS/ILRG/mp