REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE, VEROES, SUCRE, LA TRINIDAD, BOLÍVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 30 de abril de 2018.
Años: 208° y 159°

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, y practicada la inspección Judicial en fecha (24) de abril de 2018, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los WUINTER ANTONIO CORDOVA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.338.995, hábil en derecho, domiciliado en la calle principal Yumare Centro 2, casa sin número, municipio Manuel Monge, del Estado Yaracuy y VICENTE JAVIER LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.857.091, hábil en derecho, domiciliado en Colonia Agrícola de Yumare, carretera ocho Norte “Fundo los Cocos”, municipio Manuel Monge, del Estado Yaracuy. Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Sucre, La Trinidad, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario Ordinal Quince en concordancia con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y con lo previsto en el Artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficiente, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano JOSE LUIS PRADA UGARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.273.869, en su carácter de solicitante debidamente asistido en este acto por la abogada en ejercicio BÁRBARA BARRETO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 159.638, TÍTULO SUPLETORIO QUE SE DECRETA SOBRE LAS BIENHECHURÍAS ampliamente descritas en el acta de inspección Judicial efectuada por este Tribunal, construidas ubicado en el Asentamiento Ferrocarril Bolívar Lote II, Sector Carretera La 8 Norte, Municipio Manuel Monge del Estado Yaracuy, el cual mide aproximadamente treinta y un hectáreas con dos mil seiscientos siete metros cuadrados (31 Has 2607 m2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: terrenos ocupados por Vicente López; SUR: terrenos ocupados por Emilio José Delfín; ESTE: carretera 8 Norte y OESTE: terrenos ocupados por Emilio Cedeño, Félix Alvarado y María Guzmán. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Asimismo, se ordena entregar al solicitante antes mencionado, estas actuaciones con sus resulta en original, dejando copias certificadas en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. JESUS LEONARDO QUINTERO. EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS MUJICA
En esta misma fecha, se cumplió lo ordenado en el auto que antecede, se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de sus folios útiles.
EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS MUJICA
S-0899