REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, siete (07) de Agosto de (2018)
(208° y 159°)
EXPEDIENTE Nº JSA-2018-000441
Visto el escrito presentado en fecha (25-06-2018), por los ciudadanos ROSALIO ENRIQUE CASTILLO REYES Y CAROLINA DEL VALLE ROSAS DE CASTILLO, titulares de la cédulas de identidad números V-4.734.882 y V-7.348.393, debidamente asistidos por el abogado LUCAS CALDERÓN, titular de la cédula de identidad número V-7.916.301, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 65.581, constante de cuatro (04) folios útiles, mediante el cual expresan : “(…) Solicito muy respetuosamente de este Tribunal, se sirva decretar a nuestro favor MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE PROTECCION A LA PRODUCCIÓN Agropecuaria a objeto de asegurar la no interrupción, obstáculo y destrucción de la actividad productiva(…)”; y por cuanto en fecha (06-08-2018) la parte recurrente consignó las copias certificadas del presente recurso y sus anexos, tal y como se instó en el auto de admisión librado el día (28-06-2018); en consecuencia, este Juzgado Superior Agrario, ordenó APERTURAR Cuaderno Separado el cual se denominará CUADERNO DE MEDIDA, preservando la misma nomenclatura a los fines de pronunciarse sobre la pretensión cautelar solicitada, con el escrito ut supra señalado; en tal virtud, FIJA la celebración de una Mesa de Trabajo para el 4to día de despacho siguiente a que conste en autos la notificación dirigida a la Coordinación de la Oficina Regional de Tierras del estado Yaracuy, a la una y treinta minutos de la tarde (01:30 p.m.), a los efectos de realizar una experticia técnico documental, en la cual las partes deberán traer documentales, informes técnicos, planos, expedientes administrativos; así mismo, el accionante deberá presentar pruebas que acrediten la producción que desarrolla en el predio identificado como “LOS CAOBOS”, ubicado en el Sector La Raya del Municipio Peña del estado Yaracuy. Líbrese oficio dirigido a la Oficina Regional de Tierras del estado Yaracuy, a los fines de informarle sobre lo conducente. Respecto a la inspección solicitada por la parte recurrente, se proveerá sobre la misma, una vez efectuada la Mesa de Trabajo. Es todo. Líbrese. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR
EL SECRETARIO,
ABG. IRVING LEONARDO REYES GONZÁLEZ
EXPEDIENTE Nº JSA-2018-000441
Cuaderno de Medidas
MGS/ILRG/jm
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