REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLÍVAR.

CIUDAD BOLÍVAR, 06 DE OGOSTO DE 2018.
208º Y 159º


ASUNTO: FP02-H-2018-000144
RESOLUCION: Nº PJ0832018000377

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA


Vista la solicitud de homologación de acuerdo por OBLIGACION DE MANUTENCION, de fecha 25 de Julio de 2018, suscrita por los ciudadanos: FRANKLIN MIGUEL MUNOZ MARCANO y DESSIRE DEL VALLE CORDERO MEJIAS, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábil, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-17.658.883 y V-26.969.412 respectivamente, a favor de su hija: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA de un (01) años de edad, quien nació el día 17-06-2017; debidamente asistidos por la Abg. YAJAIRA GIANNASTTASIO, Fiscal Séptima Interino del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar y competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares; este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Primer Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo dispone el artículo 375 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC, en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.



ABG. VERONICA JOSEFINA BARRETO.
Jueza Provisoria del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar.



ABG. YAQUELINE RODRÍGUEZ.
Secretaria de Sala.