REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.-

PUERTO ORDAZ, 01 DE AGOSTO DEL 2.018.
AÑOS: 208° Y 159°

Vista la solicitud contenida en la diligencia de fecha 31/07/18, suscrita por el Ciudadano: ciudadano JOSE HERIBERTO RODRIGUEZ JAVIER, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.935.941, debidamente asistido por el ciudadano JULIO CESAR LOZADA BRITO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 167.448, en la cual solicita se de por terminado el presente procedimiento y asimismo solicita al Tribunal se le haga entrega de la devolución de los instrumentos originales que fueron consignados en la presente solicitud, signada con el Nº 14.383. En consecuencia el Tribunal da por TERMINADA la presente solicitud, por ser procedente lo solicitado de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la devolución de los originales solicitados, y a tales efectos se ordena el archivo del expediente. Así expresamente se declara.-
LA JUEZ TEMPORAL,

ABG. GRECIA MARCANO .

EL SECRETARIO ACC.

ABG. JOSE ALEJANDRO SARACHE
En esta misma fecha se dio cumplimiento a la decisión anterior.
EL SECRETARIO ACC.

ABG. JOSE ALEJANDRO SARACHE.


Exp: 14.383
GM/JS/Evelin