REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 8 de agosto de 2018
Años: 208º y 159º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentados por la parte interesada, la ciudadana GUARECUCO FRANCY ALEJANDRA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-13.795.088; domiciliada en la calle principal de Caja de Agua con calle 4, casa s/n, Boraure, municipio La Trinidad, estado Yaracuy y el ciudadano ÁLVAREZ YANEZ VICTOR ALEXIS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.970.764; domiciliado en la urbanización Altos del Yurubí, transversal 09, casa Nº 34, municipio Independencia, estado Yaracuy; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de los ciudadanos MORALES YOLANDA MERCEDES y FIGUEIRA GONZALEZ OTTO RAMÓN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.629.643 y V-7.589.564 respectivamente, sobre unas bienhechurías descritas en la solicitud, y que por información desprendida del Informe Catastral emitido por la Alcaldía del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, consisten en unas bienhechurías sobre terreno propiedad Municipal, construidas en un área de terreno que mide Ciento Sesenta y Nueve Metros con Sesenta y Cuatro Centímetros (169,64 mts2) y un área de construcción de dos (02) niveles, con un área de Trescientos Cuarenta Metros con Veintiséis Centímetros (340,26 mts2), ubicadas en la calle 22, entre avenida San Felipe El Fuerte y avenida 02, Municipio San Felipe, estado Yaracuy, constituidas de la siguiente manera: planta baja: local Nº 1: Con un área de construcción de 118,07 Mts2, con un (01) baño con todas sus piezas sanitarias; siendo sus linderos: Norte: Con local Nº 02 y casa, y solar que es ó fue de Eva Martínez; Sur: Con casa y solar que es ó fue de la señora Juana León; Este: Con Casa y solar que es ó fue de la señora Juana León; y Oeste: Con calle 22, que es su frente. Local Nº 2: Con un área de construcción de 35,18 Mts2, con un (01) baño con todas sus piezas sanitarias; siendo sus linderos: Norte: Con un área común (escaleras); Sur: Con Local Nº 01; Este: Con Local Nº 01; y Oeste: Con calle 22, que es su frente. Área común (escaleras): Con un área de construcción de 8,41 Mts2; siendo sus linderos: Norte: Casa y solar que es ó fue de Eva Martínez; Sur: Con Local Nº 02; Este: Con Local Nº 01; y Oeste: Con calle 22, que es su frente. Planta alta: apartamento Nº 1: Con un área de construcción de 92,34 Mts2, con tres (03) baños con todas sus piezas sanitarias, tres (03) habitaciones, una (01) sala, una (01) cocina-comedor y piso de cerámica; siendo su linderos: Norte: Con un área común (pasillo); Sur: Con fachada lateral derecha; Este: Con fachada posterior; y Oeste: Con fachada principal. Apartamento Nº 2: Con un área de construcción de 77,85 Mts2, con dos (02) baños con todas sus piezas sanitarias, tres (03) habitaciones, una (01) sala, una (01) cocina-comedor y piso de cerámica; siendo su linderos: Norte: Con fachada lateral izquierda; Sur: Con fachada lateral derecha; Este: Con fachada posterior; y Oeste: Con área común (pasillo), y Apartamento Nº 01. Área común (pasillo): Con un área de construcción de 8,41 Mts2; siendo sus linderos: Norte: Con fachada lateral izquierda; Sur: Con Apartamento Nº 01; Este: Con Apartamento Nº 02; y Oeste: Con fachada principal; acometidas de servicios de luz, aguas blancas y negras; encontrándose alinderadas de forma general, de la siguiente manera: Norte: Con casa y solar que es ó fue de la señora Eva Martínez, con 20,65 M; Sur: Con casa y solar que es ó fue de la señora Juana León, con 20,85 M; Este: Con solar de la casa que es ó fue de la señora Juana León, con 8,20 M; y Oeste: Con calle 22, que es su frente, con 8,15 M. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Entréguense a los solicitantes, estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Temporal,
Abg. María Elena Camacaro
La Secretaria Temporal,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas.
La Secretaria Temporal,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.