REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 19 de enero de 2018.
AÑOS: 207º y 158º
ASUNTO: UP11-J-2017-000890
SOLICITANTES: Ciudadanos OSCAR LUIS AGUILAR MENDOZA y CINDY MARILIN ALVAREZ MONAGAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números 18.303.666 y 17.992.154 respectivamente.

MOTIVO: DIVORCIO 185-A
En fecha 13 de noviembre de 2017, se recibió solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185-A, interpuesto por los ciudadanos OSCAR LUIS AGUILAR MENDOZA y CINDY MARILIN ALVAREZ MONAGAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números 18.303.666 y 17.992.154 respectivamente. Se admitió la presente solicitud el día 16 de noviembre de 2017, se libró boleta de notificación de la fiscal del ministerio Público. Se fijó la audiencia de evacuación de pruebas para el día 19 de enero de 2018 a las 10:00 a.m. En la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia de evacuación de pruebas se dejó expresa constancia de los ciudadanos OSCAR LUIS AGUILAR MENDOZA y CINDY MARILIN ALVAREZ MONAGAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números 18.303.666 y 17.992.154 respectivamente, no comparecieron a la audiencia por sí, ni por medio de apoderado judicial.
Ahora bien, vista la no comparecencia de las partes a la audiencia de evacuación de pruebas, este Juzgadora considera desistido el presente asunto, por lo que este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena la devolución de los documentos originales a los solicitantes. Se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los diecinueve (19) días del mes de enero de 2018. Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
La Jueza,

Abg. FELIMAR ORTEGA OJEDA
La Secretaria,

Abg. ARNEL FALCÓN
En la misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 4:20 p.m.-