Asunto: FP02-Z-2003-000731
Resolución: PJ0822018000009
“Vistos” Conclusiones de la Actora.
Causa: Revisión de Sentencia de Obligación de Manutención.
Demandante: Cesar Enrique Asian Saldaña.
Abogado: Medardo Antonio Velásquez
Demandados: Cesar Moise Asian Delgado y Samuel Antonio Asian Delgado.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Estando este tribunal en la oportunidad para decidir sobre la suspensión o no de las medidas cautelares de embargo decretada por el Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolivar, Juez Unipersonal Nº 1 Sala de Juicio Nº 1, en fecha 25 de Marzo de 2004, mediante expediente FP02-Z-2003-000731, por estar extinguida la Obligación Alimentaria, este Tribunal; hace las siguientes cons
ideraciones:
Que en fecha 14 de diciembre de 2017, el ciudadano CESAR ENRIQUE ASIAN SALDAÑA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 23.496.356, solicitó se declare extinguidos los deberes alimentarios de las medidas cautelares de embargo decretadas por el Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolivar, Juez Unipersonal Nº 1 Sala de Juicio Nº 1, en sentencia definitiva de fecha 25 de Marzo de 2004, por Revisión de la Sentencia de la obligación Alimentaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 383 literal “b”, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, sobre su salario y prestaciones sociales, que tiene a favor de sus hijos ciudadanos CESAR MOISE ASIAN DELGADO Y SAMUEL ANTONIO ASIAN DELGADO, por haber alcanzado la mayoría de edad.
Estando dentro de la oportunidad para decidir, este Tribunal hace las siguientes consideraciones:
Que en la presente causa se solicitó la suspensión o no de las medidas cautelares de embargo decretadas por el Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, Juez Unipersonal Nº 1 Sala de Juicio Nº 1, en sentencia definitiva de fecha 25 de Marzo de 2004, por Revisión de la Sentencia de la obligación alimentaria, de los ciudadanos CESAR MOISE ASIAN DELGADO Y SAMUEL ANTONIO ASIAN DELGADO, por haber alcanzado la mayoridad los beneficiarios de la misma.
Por lo antes expuesto, este Tribunal considera que la alimentaria que tenía el mencionado ciudadano a favor de sus beneficiarios se extinguió de pleno derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 383 literal B de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Y así se declara.
En consecuencia se revocan todas las medidas cautelares de embargo decretadas por el Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, Juez Unipersonal Nº 1 Sala de Juicio Nº 1 de fecha 25 de Marzo de 2004 y comunicadas al Jefe de Personal de la Empresa SIDERUIRGUICA DEL ORINOCO, C.A, (SIDOR), mediante oficio Nº 444-1, en la misma fecha.
Una vez que quede definitivamente firme la presente sentencia, se ordenará oficiar al patrono del ciudadano CESAR ENRIQUE ASIAN SALDAÑA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 23.496.356.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente Decisión.
Dada, firmada y sellada en sede del el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Sede Ciudad Bolívar. En Ciudad Bolívar, a los once días del mes de Enero del año dos mil dieciocho. Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
LA JUEZA PRIMERO (1º) DE MEDIACION Y SUSTANCIACION
LA SECRETARIA DE SALA
ABG. NEILA BRIZUELA
La presente sentencia se registró y publicó en el día de su fecha, previo anuncio de ley. Consta.
LA SECRETARIA DE SALA
ABG. NEILA BRIZUELA
Asistente.-
CQG/Betzabeh Carpio.-
Asunto: FP02-Z-2003-000731
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