REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar.
Ciudad Bolívar, 22 de enero de 2018
207º y 158º
ASUNTO: FP02-H-2018-0000021
RESOLUCION Nº PJ0832018000026
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Vista la solicitud de homologación de acuerdo por INSTITUCIONES FAMILIARES (REVISION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR), de fecha 10 de enero de 2018, suscrita por los ciudadanos: YOHANA MARIA CHIRINO MATA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.145.759 y FLORENTINO JOSE AVILES RIETO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.016.342, respectivamente, en beneficio de su hija: (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de nueve (09) años de edad, quien nació el día 14 de octubre de 2008, debidamente asistidos por la Abg. MIGDALIA PEREIRA MORENO, actuando en el carácter de Fiscal Auxiliar Interino en la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar; este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem, en concordancia con los artículos 263 y 363 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.
ABG. VERONICA JOSEFINA BARRETO.
Juez Provisoria del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar.
ABG. YAQUELINE RODRIGUEZ.
Secretaria De Sala.
VJB/YR.
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