REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
EN SU NOMBRE
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLÍVAR
 
Ciudad Bolívar, 22 de enero de 2018
 
207º y 158º
 
 
 
ASUNTO: FP02-H-2018-000011
 
RESOLUCION: Nº PJ0832018000030
 
 
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
 
 
Vista la solicitud de Homologación de Revisión de Obligación de Manutención, suscrita por los ciudadanos: GREYSI ESTHER MEDINA LIZARDI y JUAN JOSE MORENO ELLIMAN, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábil, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-19.535.713 y V-21.008.071, respectivamente, identificados en autos, a favor de su hija: (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), actualmente cuenta con siete (07) años de edad, nacida en fecha 18 de agosto de 2010; debidamente asistidos por la Abg. ROSA DEL CARMEN PRIETO, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar; este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Primer Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo dispone el artículo 375 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC, en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-
 
 
ABOG. VERÓNICA JOSEFINA BARRETO.
 
Jueza Provisoria del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Sede Ciudad Bolívar.-
 
 
	
 
		ABOG. YAQUELINE RODRÍGUEZ
 
          Secretaria de Sala.-
 
 
  
 
 
 
 
 
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