REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Primer del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción
Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 19 de Enero de 2018.
207º y 158º
Asunto: FP02-V-2016-000910
Resolución N°: PJ0262018000010

Vista la diligencia que antecede, de fecha 15 de enero del año 2018, suscrita por la ciudadana ELIZABETH MAESTRACCI, plenamente identificada en autos, mediante el cual informa a este Tribunal que en fecha 13 del año y mes en curso la ciudadana Miriam Morales, parte demandada en el presente procedimiento le hizo entrega material de inmueble objeto de este proceso y solicita se deje sin efecto la medida de desalojo acordada para el día 16 de enero de 2018, en consecuencia, este Tribunal Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara terminada la presente causa. Así se decide.

Devuélvase la documentación original consignada con la demanda, previa certificación en autos. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en este Juzgado.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en Ciudad Bolívar, a los Diecinueve (19) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018). Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
El Juez,
La Secretaria
Dr. Noel Aguirre Rojas
Inocencia Linero de Cárdenas

La anterior decisión fue publicada en su misma fecha, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.).
La Secretaria

Inocencia Linero de Cárdenas
NAR/IL/Nancy