REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

República Bolivariana de Venezuela




En Su Nombre
Tribunal de Municipio Ordinario
y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de
La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy

Chivacoa jueves once (11) de enero del año Dos Mil dieciocho 2018.
AÑOS: 207º y 158º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana NELIDA IRIS HENRIQUEZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.589.094 y de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada Dayana Leal, quien está inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.921, en la cual solicitó el Título Supletorio sobre unas bienhechurías ubicadas en la calle Principal entre terrenos Agrícolas y vía Agrícola comunidad Sabana Larga, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría tiene un área de construcción de setenta y ocho metros cuadrados con diez centímetros (78.10m2) y está alinderada de la siguiente manera: NORTE: casa y solar que es o fue de Sonia Zecheti con una longitud de doscientos treinta y dos metros cuadrados 232.00m SUR: casa y solar que es o fue de Héctor Escalona con una longitud de doscientos treinta y ocho metros cuadrados 238.00m, ESTE: calle principal su frente con una longitud de cincuenta y un metros cuadrados 51.00m OESTE: quebrada Ramón Martínez con una longitud de cincuenta y tres metros cuadrados 53.00m, y están construidas sobre un área de terreno que mide doce mil metros cuadrados con cuarenta centímetros (12.177,40m2) propiedad del instituto nacional de tierras INTI. Se admitió la solicitud en fecha lunes dieciocho (18) de diciembre de 2017. En fecha jueves once (11) de enero de 2018, fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos NORIS AIDEE VASQUEZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-12.266.225, domiciliado en calle 9 avenidas 4 y 5 Guatanquire II, de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y NORENYELIS GABRIELA VIRGUEZ TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-24.156.804, domiciliado en la calle 9 con avenida 3 y 4 Pueblo Nuevo, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este juzgador a favor de su promovente, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN sobre las bienhechurías descritas en el presente fallo, a favor de la ciudadana WILNEMAR DE JESUS MORALES HENRIQUEZ, titular de la cedula de identidad V- 19.198.706, quien estuvo asistida en la presente solicitud por la Abogada Dayana Leal, ya identificada, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos, Queda excluida expresamente la propiedad del terreno sobre el cual están construidas las bienhechurías antes descritas, por no ser propiedad del solicitante. Así se decide.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. y una vez cumplido este requisito, devuélvase original del presente expediente a la parte interesada, una vez que sean proveídas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal. En Chivacoa a los once (11) días del mes de enero del año Dos Mil dieciocho 2018. Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
El juez temporal,
El Secretario,

Abg. Fidel Alexander Figueroa Jayaro.
Abg. Edwin Godoy.
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las tres de la tarde (03:00 Pm) se registró y publicó la anterior decisión.
El Secretario,


. Abg. Edwin Godoy.
Abg.FAFJ/EG/Jacqueline
Exp N° 4522/17