REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
Venezuela
En Su Nombre
Tribunal de Municipio Ordinario
y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de
La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
Chivacoa martes veintitrés (23) de enero del año Dos Mil dieciocho 2018.
AÑOS: 207º y 158º
Vistas las anteriores actuaciones, relativas a la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano ANGELO ANTONIO MOLINARO D AMICO, venezolanos, mayores de edad, titular de las Cédulas de Identidad Nº V-7.582.547 y de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado Eddy Domínguez, quien está inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.106, en la cual solicitó el Título Supletorio sobre unas bienhechurías ubicadas en la calle Marante sector Los Chamizo Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría tiene un área de construcción de ciento cuarenta metros cuadrados (140.00m2) y está alinderada de la siguiente manera: NORTE: casa y solar que es o fue de Ángelo Molinaro con una longitud de cuarenta y cuatro metros cuadrados 44.00m SUR: casa y solar que es o fue de María Pinto con una longitud de cuarenta y cuatro metros cuadrados 44.00m, ESTE: calle Marante su frente con una longitud de dieciocho metros cuadrados 18.00m OESTE: casa y solar que es o fue de familia castro y sabina Pérez con una longitud de dieciocho metros cuadrados 18.00m, y están construidas sobre un área de terreno que mide setecientos noventa y dos metros cuadrados (792.00m2), terreno propiedad municipal. Se admitió la solicitud en fecha martes dieciséis (16) de enero de 2018. En fecha martes veintitrés (23) de enero de 2018, fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos OSWALDO RAIDI OVIEDO DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 7.911.189, domiciliado en la Pueblo Nuevo calle 7 con avenidas 1 y 2, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y LAERTES DARIO GONZALEZ JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 4.478.845, domiciliado en el avenida 5 entre calles 6 y 7, en la ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este juzgador a favor de su promovente, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN sobre las bienhechurías descritas en el presente fallo, a favor del ciudadano ANGELO ANTONIO MOLINARA D AMICO, titular de la cedula de identidad V- 7.582.547, quien estuvo asistida en la presente solicitud por el Abogado Eddy Domínguez, ya identificados, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos, Queda excluida expresamente la propiedad del terreno sobre el cual están construidas las bienhechurías antes descritas, por no ser propiedad del solicitante. Así se decide.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. y una vez cumplido este requisito, devuélvase original del presente expediente a la parte interesada, una vez que sean proveídas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal. En Chivacoa a los veintitrés (23) días del mes de enero del año Dos Mil dieciocho 2018. Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
El juez temporal,
El Secretario,
Abg. Fidel Alexander Figueroa Jayaro.
Abg. Edwin Godoy.
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las tres de la tarde (03:00 Pm) se registró y publicó la anterior decisión.
El Secretario,
. Abg. Edwin Godoy.
Abg.FAFJ/EG/Jacqueline
Exp N° 4533/18
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 112 DEL