REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE, VEROES, SUCRE, LA TRINIDAD, BOLÍVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 02 de Mayo de 2017
Años: 207° y 158°

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, y practicada la inspección Judicial en fecha quince (15) de Enero de 2018, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos JOSE ELEUTERIO MONTOYA MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.094.502, hábil en derecho, domiciliado en el Sector Tacarte calle principal, Las Flores municipio Cocorote del Estado Yaracuy y MIGUEL ANTONIO RAMOS MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.709.544, hábil en derecho, domiciliado en el Sector Tacarte calle principal, Las Flores municipio Cocorote del Estado Yaracuy. Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Sucre, La Trinidad, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 197 de la ley de Tierras y Desarrollo Agrario ordinal quince en concordancia con el 937 del Código de Procedimiento Civil, y con lo previsto en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficiente, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano MARCOS FIDEL VILERA MOGOLLON, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-7.578.022, solicitante, debidamente asistido por el abogado en ejercicio LUIS JOSE SUAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 103.194, TÍTULO SUPLETORIO QUE SE DECRETA SOBRE LAS BIENHECHURÍAS ampliamente descritas en el acta de inspección Judicial efectuada por este Tribunal, construidas en un lote de terreno (INTI) ubicado en la calle principal las Flores con calle La Lucha casa s/n, Sector Tacarte, Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, constante de una superficie de seiscientos metros cuadrados con sesenta centímetros (600,60 mts2), aproximadamente, alinderado de la siguiente manera: NORTE: (28,60 ml), con casa y solar que es, o fue de la familia Gil; SUR: (28,60 ml), con casa y solar que es, o fue de la familia Álvarez; ESTE: (21,00) con casa y solar que es, o fue de la familia Lugo y calle sin numero de por medio y OESTE: (21,00) con casa y solar que es, o fue de la familia Lugo. Asimismo, se ordena entregar a los solicitantes antes mencionados, estas actuaciones con sus resulta en original, dejando copias certificadas en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. JESUS LEONARDO QUINTERO.
EL SECRETARIO,

ABG. CARLOS MUJICA
En esta misma fecha, se cumplió lo ordenado en el auto que antecede, se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de sus folios útiles.

EL SECRETARIO,
Sol Nº S-0562
JLQ/CM/mm
ABG. CARLOS MUJICA