REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 14 de febrero de 2018
Años: 207º y 158º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos MORAIMA YACELLY ANGULO FIGUEIRA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-15.769.402; domiciliada en la calle 12, entre avenidas 2 y 3, casa N° 2-18, barrio El Panteón, municipio San Felipe, estado Yaracuy, y RAUL ANTONIO VERGARA VELIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-5.459.366; y domiciliado en la calle 16 con avenida 15, casa N° 16-66, sector Italven, municipio San Felipe, estado Yaracuy, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano EDWUAR ROLANDO RIVERO CORONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.986.418; sobre unas bienhechurías descritas en la solicitud, y que por información desprendida del Informe Técnico de Verificación de Inmueble, emitido por la Alcaldía del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, construidas sobre un área de terreno propiedad municipal, que mide doscientos catorce metros cuadrados (214,00 Mts2) y un área de construcción de noventa y ocho metros cuadrados (98,00 Mts2), ubicadas en la calle Los Álvarez 27 de Febrero, Santa Cruz de las Mercedes, municipio San Felipe, estado Yaracuy,
la cual consiste en una construcción tipo casa, la cual consta de una (1) sala comedor, dos (2) cuartos, cocina, una (1) sala de baño, y un área de lavado, cuyas paredes son de bloque de concreto totalmente recubierta con friso liso en la parte interior y friso esponjado en el exterior, cubierta de techo en láminas de acerolit y piso de concreto pulido, el área del terreno está totalmente cercado en paredes construidas en bloque de concreto de tres (3) metros de alto, puertas de madera en los cuartos y en láminas metálicas entamboradas las puertas principales y ventanas panorámicas con rejas metálicas, alinderada de la siguiente manera: Norte: con calle Los Álvarez que es su frente, con 14,50 metros; Sur: con solar de la casa que es o fue de Migdalia Sánchez, con 14,00 metros; Este: con casa y solar que es o fue de Alejandra Heredia, con 15,00 metros; y Oeste: con terreno que es o fue de Rubén García, con 14,90 metros.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense al solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.-
La Jueza Temporal,
Abg. María Elena Camacaro
La Secretaria Temporal,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas, constante de ocho (08) folios útiles.
La Secretaria Temporal,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.
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