REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 27 de febrero de 2018
Años: 207º y 158º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas LARA MENDEZ MAGALIS JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en el sector Pantanal, Las Mercedes, calle 3, municipio San Felipe, estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad N° V-11.277.267, y SEGURA GONZÁLEZ NERIA MERCEDES, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en el sector Pantanal, Las Mercedes, calle 3, municipio San Felipe, estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº V-8.516.706, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana SALCEDO PRADA MARILEIDIS CAROLINA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 26.137.585, asistida la solicitante, antes mencionada e identificada, de la abogada VILELA NIETO AMELIA NOHEMÍ, Inpreabogado N° 159.647; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas sobre un área de terreno propiedad municipal, que mide ciento setenta y un metros cuadrados (171,00 m2); con un área de construcción que mide veinticuatro metros cuadrados (24,00 m2), ubicadas en el callejón Alí Primera, Pantanal Las Mercedes, municipio San Felipe, estado Yaracuy, las cuales consisten en un (1) rancho, construido con paredes y techo de zinc, además posee un (1) baño, un (1) dormitorio y una (1) sala; y alinderada de la siguiente manera: Norte: Eligio Salcedo, con 17,10 metros lineales; Sur: Felipe Prada, con 17,10 metros lineales; Este: callejón Alí Primera, con 12,20 metros lineales; y Oeste: Petra Montes, con 7,80 metros lineales. Entréguense a la solicitante, estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Temporal,


Abg. María Elena Camacaro
LaSecretaria Temporal,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En la misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas, constante de ocho (08) folios útiles.
La Secretaria Temporal,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.