REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, treinta (30) de julio de dos mil dieciocho (2018)
208º y 159º
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2016-000311
ASUNTO : FP11-L-2016-000311
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
PARTE ACTORA: Ciudadana LOURDES NOEMI MICHELENA VALLEZ, venezolana, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 8.931.313.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Ciudadano JOSE GREGORIO ASCANIO ORTEGA, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 132.382.
PARTE ACCIONADA: Sociedad Mercantil TRANSPORTE BUFALINO, C. A, inscrita ante el Registro de Comercio que era llevado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 11/08/1978, bajo el Nro. 2484, Tomo 30, sufriendo modificaciones posteriores, siendo la última de ellas registrada ante la Oficina de Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz, en fecha 10/09/2009, bajo el 51, Tomo 50-A-Pro.
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APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONADA: Ciudadano FRED NIELS IBARRA, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 92.520.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día de hoy, Treinta (30) de Julio de 2018, dos de la tarde (2:00 p m), siendo el día y hora fijada para la celebración de la Audiencia Pública y Oral de Juicio en la presente demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES interpuesta por la ciudadana LOURDES NOEMI MICHELENA VALLEZ, venezolana, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 8.931.313 contra la Sociedad Mercantil TRANSPORTE BUFALINO, C. A, iniciado el acto el Secretario de Sala constató la identificación de las partes, dejando constancia que a este acto compareció el ciudadano FRED NIELS IBARRA, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 92.520, en su condición de apoderado judicial de la parte accionada, igualmente el secretario de sala dejó constancia de la incomparecencia de la ciudadana LOURDES NOEMI MICHELENA VALLEZ, venezolana, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 8.931.313, parte actora, quien no compareció al acto, ni por si, ni por medio de representante judicial alguno, en consecuencia, con fundamento en la Sentencia Nro. 009 de fecha 20/01/2012, emanada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, caso YUDITH CAROLINA VÁSQUEZ OLIVEROS & BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C. A, bajo la ponencia del Magistrado Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCESO. Y así se establece.
LA JUEZA PRIMERA DE JUICIO
ABOG. MARIBEL DEL VALLE RIVERO REYES.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONADA.
EL SECRETARIO DE SALA.
ABOG. NESTOR VIDAL.
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