REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, 13 de julio de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO: FH02-X-2015-000009
ASUNTO PRINCIPAL: FP02-M-2015-000011

Vista la diligencia de fecha 10/07/2018, suscrita por la abogada Berkis Concepción Coronado Astudillo en su carácter acreditado en autos, mediante la cual solicito se levante la medida de prohibición de enajenar y gravar dictada por este tribunal y en virtud de la consignación en autos de las cantidades de dinero condenadas a pagar en el presente expediente, el Tribunal suspende la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 06 de marzo de 2015 y ordena oficiar lo conducente al ciudadano Registrador Publico del Municipio Heres del Estado Bolívar a los fines de dejar sin efecto nuestro oficio N° 025-106/2015 de fecha 06/03/2015. En consecuencia, da por terminada las presentes actuaciones y remite el expediente a la Oficina de Archivo Judicial del Estado Bolívar, a los fines de su resguardo, constante de diez (10) folios útiles. Líbrese oficio.
El Juez,

Abg. Manuel A. Cortés.-
La Secretaria

Abg. Soraya Charboné
En esta misma fecha se libro el oficio Nro. 025-247/2018 al Registrador Publico del Municipio Heres.
La Secretaria

Abg. Soraya Charboné
Resolución Nro. PJ0192018000190
MAC/SCH/josmedith