REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Sede Ciudad Bolívar.

Ciudad Bolívar, 23 de julio de 2018
207º y 158º

ASUNTO: FP02-J-2018-000067
RESOLUCION: PJ0832018000338

SENTENCIA DEFINITIVA

Solicitud: Declaratoria de Únicos y Universales Herederos.
Artículo 177, Parágrafo 2º Literal “k”, en concordancia
con el Artículo 517 de la LOPNNA.

Solicitante: SOHET DEL VALLE BARRETO PÉREZ.

Abogado: MELQUIADES BRITO MOYA.
I.P.S.A bajo el Nro. 129.169.

“Vistos”

Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus anexos, presentada en fecha 15 de febrero de 2018, por la ciudadana: SOHET DEL VALLE BARRETO PÉREZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.400.316, actuando en este acto en nombre y representación de sus hijos: NELSON JESÚS VOLCÁN BARRETO, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.536.447 y JESÚS GREGORIO VOLCÁN BARRETO, venezolano, adolescente, titular de la Cédula de Identidad Nº V-27.578.758, debidamente asistida por la ciudadana MELQUIADES BRITO MOYA, Abogado en ejercicio e inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 129.169.

Este Tribunal procede a pronunciarse previa las consideraciones siguientes:

Del escrito de la solicitud presentada, se desprende que en fecha 23 de noviembre de 2017, falleció AB-INTESTATO, el ciudadano: NELSON DOMINGO VOLCÁN RODRÍGUEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.185.568, a consecuencia de: L.O.E. Hepático. Diabetes Mellitus Tipo 2, tal y como se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Defunción expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia Simón Bolívar del Municipio Caroní del estado Bolívar, que corre inserta bajo el Acta Nº 282, de fecha 23/11/2017 del Libro de Registro Civil de Defunciones llevado por esa Autoridad durante el año 2017. Solicitan se les nombre como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a:
-NELSON JESÚS VOLCÁN BARRETO, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.536.447, en su condición de HIJO del prenombrado De Cujus.

- IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, venezolano, adolescente, actualmente cuenta con diecisiete (17) años de edad, (Nacido en fecha 28/11/2000) según Acta de Nacimiento expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia San Fernando del estado Sucre, según Acta Nº 82, de fecha 10 de septiembre de 2001, del Libro de Registro Civil de Nacimientos llevados por ese Despacho durante el año 2001 y titular de la Cédula de Identidad Nº V-28.727.297, en su condición de HIJO del prenombrado De Cujus.



Ahora bien, analizada la Copia Certificada del Acta de Defunción del De Cujus: NELSON DOMINGO VOLCÁN RODRÍGUEZ, que riela al folio tres (03) del expediente, así como las Actas de Nacimiento de los hijos: NELSON JESÚS VOLCÁN BARRETO y IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, que rielan a los folios cuatro (04) y cinco (05) del expediente, las cuales demuestran a este Tribunal, el vinculo alegado, es decir, de HIJOS con respecto al mencionado De Cujus.

Asimismo, en fecha 06 de julio de 2018, fueron evacuados los testigos promovidos por la parte interesada, todo de conformidad con el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.


En consecuencia, el Tribunal Segundo de Primera Instancia Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros, de igual a mejor derechos y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus: NELSON DOMINGO VOLCÁN RODRÍGUEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.185.568, a:
-NELSON JESÚS VOLCÁN BARRETO, venezolano, mayor de edad civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.536.447, en su condición de HIJO del prenombrado De Cujus.

- IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, venezolano, adolescente, actualmente cuenta con diecisiete (17) años de edad, (Nacido en fecha 28/11/2000) según Acta de Nacimiento expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia San Fernando del estado Sucre, según Acta Nº 82, de fecha 10 de septiembre de 2001, del Libro de Registro Civil de Nacimientos llevados por ese Despacho durante el año 2001 y titular de la Cédula de Identidad Nº V-28.727.297, en su condición de HIJO del prenombrado De Cujus. ASI SE DECIDE EXPRESAMENTE.

Expídase por Secretaria, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, copias certificadas de todas las actuaciones de la presente solicitud y asimismo, previa su certificación en autos, se ordena devolver a la solicitante, los originales consignados en la solicitud.-

Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada de la Decisión


ABG. VERÓNICA JOSEFINA BARRETO.
Juez (2º) (Provisorio) de Mediación y Sustanciación.


ABG. YAQUELINE RODRÍGUEZ.
Secretaria del Circuito Judicial de Protección.

Seguidamente, se le dio cumplimiento a lo ordenado, en el auto que antecede.


ABG. YAQUELINE RODRÍGUEZ.
Secretaria del Circuito Judicial de Protección.