REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
Ciudad Bolívar, 30 de julio de 2018
208º y 159º

RESOLUCION Nº: PJ0252018000155
ASUNTO Nº: FP02-S-2018-001392

Vista la diligencia de fecha 25-07-2018 presentada por la ciudadana ANGÉLICA MARÍA CARIAS GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-14.778.305, debidamente asistida por el ciudadano ERICK MOSTACERO, abogado en libre ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº. 143.666 y de este domicilio; mediante la cual DESISTE del procedimiento en la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES interpuesta contra el ciudadano ALEJANDRO JOSÉ INFANTE, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. V- 13.937.246.

Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, le imparte la HOMOLOGACION al desistimiento de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, teniéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. ASÍ SE DECIDE.-

Publíquese, regístrese y guárdese copia del presente auto resolutorio en el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Se ordena la devolución de los originales acompañados al escrito de solicitud.-
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Ciudad Bolívar, a los treinta días del mes de julio de dos mil dieciocho. Años 208° de la Independencia y 159° de la Federación.-
El Juez,

Abg. Orlando Torres Abache
La Secretaria Temporal,


Abg. Marlis Taly León