REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ
PUERTO ORDAZ, ¬¬29 de junio de 2018.
AÑOS: 207º y 159º
Visto el escrito de pruebas presentado en fecha 11 de junio de 2018, por el abogado MIGUEL ANGEL SOULES FINSE, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil HIDROELECTRICA CONSTRUCCIONES COMPAÑÍA ANONIMA (HECA), mediante la cual promueve pruebas en los siguientes términos:
CAPITULO I Prueba documental: Diligencia de la parte actora solicitando le sea expedida copia fotostática simple del poder exhibido por la Representación Judicial de Hidroeléctricas Construcciones.
CAPITULO II Prueba Documental: escrito de impugnación al Poder Exhibido por la Representación Judicial de Hidroeléctrica Construcciones C.A.
CAPTILO III. Prueba documental: Diligencia de Oposición a la Impugnación del Poder Exhibido por la Representación Judicial de Hidroeléctrica Construcciones C.A.
CAPITULO IV. Prueba Documental: Decisión que desestimó la impugnación al Poder Exhibido por la Representación Judicial de Hidroeléctrica Construcciones C.A.
CAPITULO V, Prueba Documental: Diligencia de Apelación contra la Decisión que resolvió la impugnación del Poder Exhibido por la representación Judicial de Hidroeléctricas Construcciones C.A.
Asimismo visto el escrito de fecha 12 de junio de 2008 presentado por el abogado MIGUEL ANGEL SOULES FINSEN, que riela al folio del 97 al 98, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil HIDROELECTRICA CONSTRUCCIONES C.A., mediante el cual promovió lo siguiente:
De conformidad con lo establecido en el artículo 472 del Código de Procedimiento Civil solicitó el traslado y constitución del Tribunal al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar ubicado en este Palacio de Justicia, para que por observación mediante la práctica de inspección judicial –inspección ocular- en el expediente distinguido con el N° 21.029.
En relación a las pruebas promovidas por el abogado MIGUEL ANGEL SOULES FINSE, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil HIDROELECTRICA CONSTRUCCIONES COMPAÑÍA ANONIMA (HECA), relacionados a los capítulos I; II; III; IV y V, Este Juzgado Superior Temporal observa, las admite, en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, y así se establece.
En relación a la prueba promovida en el escrito de promoción de pruebas de fecha 12 de junio de 2018, relativa a la inspección judicial solicitada, por cuanto la misma no es manifiestamente ilegal ni impertinente la admite, y se fija el traslado y constitución del Tribunal en el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y bancario del Segundo Circuito de esta Circunscripción Judicial, para el segundo (2do) día de despacho siguiente, a las diez de la mañana (10:00 a.m.).
Asimismo Visto el escrito de pruebas presentado en fecha 12 de junio de 2018, por la abogado MARIA TERESA MUÑOZ, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual promueve pruebas en los siguientes términos:
CAPITULO I Prueba de documento escrito: carta remitida p0or la apoderada judicial a la empresa HECA, C.A. de fecha 23-04-2010, la cual cursa en el folio 166 del cuaderno de medidas en copia certificada.
CAPITULO II Copia certificada: Promovió copia certificada del acta de asamblea extraordinaria de fecha 22 de octubre de 2008, registrada en la Oficina de Registro mercantil Primero de esta Circunscripción Judicial, bajo el N° 63, tomo 71-A-PRO de fecha 17 de diciembre de 2008.
CAPITULO III Prueba de Informes: Se oficie ala Oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar a fin de que informe sobre la Asamblea de Accionistas inserta bajo el N° 22, Tomo 54-A REGMERPRIBO Cuerpo “C” pieza 6 expediente N° 878 folios 874 al 876.
CAPITULO IV Inspección Judicial: solicitó el traslado y constitución del Tribunal al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar ubicado en este Palacio de Justicia, para que por observación mediante la práctica de inspección judicial –inspección ocular- en el expediente distinguido con el N° 21.029 y 21.089.
CAPITULO V De la exhibición de documentos: solicita se sirva intimar a la Presidenta de la Sociedad Mercantil ciudadana NINA CAIAZZA FOCARETA mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 5.341.028, a fin de exhibir o entregar los siguientes documentos: a) copia certificada del acta de reunión de Junta Directiva de fecha 10 de mayo de 1985. b) Copia certificada del acta de la reunión de la junta directiva de fecha 01 de mayo de 1995. c) copia certificada del acta de reunión Junta directiva de fecha 23 de marzo de 1992, d) copia certificada del acta de reunión de junta directiva de fecha 01 de abril de 1007.
CAPITULO VI Inspección Judicial en el libro de actas. Solicita se sirva trasladar y constituir el Tribunal en la calle Pardillo con Arboleda Zona Industrial Matanzas Puerto Ordaz con la finalidad que se practique una inspección judicial en el libro de actas de Junta Directiva.
CAPITULO VII Prueba por escrito: promovió dos asambleas celebradas por la Junta Directiva, sin convocatoria a Francesco Correale, Director de la Junta Directiva de fechas 16 de octubre de 2017 y 11 de octubre de 2017.
CAPITULO VII Prueba de Convocatoria: promueve la convocatoria de fecha 30 e abril de 2010.
CAPITULO VIII Copia certificada de inspección Judicial: Judicial:
Copia certificada de inspección judicial evacuada por el Tribunal tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en el expediente N° 21-029.
En relación a las pruebas promovidas por la abogado MARIA TERESA MUÑOZ, en su condición de apoderado judicial de la parte actora relacionados a los capítulos I; II; VII, VII Y VIII, Este Juzgado Superior Temporal observa, las admite, en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, y así se establece.
En relación a la prueba promovida en el capítulo III del escrito de promoción de pruebas de fecha 12 de junio de 2018, relativa a que se oficie al Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, la misma se admite salvo su apreciación en la sentencia definitiva; y se ordena oficiar Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, para que en un lapso de (48) horas informe a este Tribunal sobre los siguientes particulares:
Primero: Que in forme a este Tribunal los accionistas asistentes a la Asamblea.
Segundo: Que informe a este Tribunal el contenido del único punto a tratar.
Tercero: Que informe a este Tribunal el contenido de la modificación de la cláusula vigésima séptima.
En relación a las inspecciones judiciales solicitadas en el capítulo IV y VI, este Tribunal las admite salvo su apreciación en la definitiva; y fija para la solicitada en el capitulo IV, el traslado y constitución del Tribunal en el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y bancario del Segundo Circuito de esta Circunscripción Judicial, para el segundo (2do) día de despacho siguiente, a las once de la mañana (11:00 a.m.).
Asimismo para la inspección Judicial promovida en el capítulo VI este Tribunal fija el traslado y constitución del Tribunal en la calle Pardillo con Arboleda Zona Industrial Matanzas Puerto Ordaz el tercer día (3er) de despacho a las diez de la mañana (10:00 a.m.).
En relación a la prueba promovida en el capítulo V referida a la exhibición de documentos, el Tribunal la Admite, salvo su apreciación en la definitiva, ello de conformidad con el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil. Con respecto a lo solicitado en el Capitulo QUINTO el tribunal acuerda intimar a la ciudadana NINA CAIAZZA FOCARETA, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 5.341.028 domiciliada en la Calle Pardillo con Arboleda Zona Industrial Matanzas Puerto Ordaz, para que comparezca por ante este tribunal al segundo (2do) día hábil de despacho siguiente a esta fecha, en horas de las DIEZ (10:00) de la mañana, a los fines de que exhiba por ante este juzgado el documento que en copia fotostática se anexa al cuaderno de medidas.-
La Jueza,
Abg. Esmeralda Muñoz García
La Secretaria Temporal,
Abg. Olvia Viña Herrera
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria Temporal,
Abg. Olvia Viña Herrera
JFHO/OV/cf
Exp. Nº 18-5495