REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, diecinueve (19) de junio de (2018)
(208° y 159°)


EXPEDIENTE Nº JSA-2018-000435
CUADERNO DE MEDIDA

Visto el escrito presentado en fecha (15/06/2018), por la profesional del derecho Rosalinda Ocanto Escorche, titular de la cédula de identidad N° V- 7.594.245, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 55.140, en su carácter de apoderada judicial de la parte accionante, plenamente identificada, en donde expone: “(…) con el debido respeto Ocurro para exponer y Consignar la copia del libelo Solicitada Certificada, la cual consigno en este acto para que sea Certificada, y cumpla sus efectos (…)”; en consecuencia, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, ordena certificar por Secretaría las copias simples ut supra señaladas. En tal sentido, para la elaboración de los fotostatos requeridos se comisiona amplia y suficientemente a la ciudadana DEGMAR YUBIRY PÉREZ CAMPOS, titular de la cedula de identidad N° V-16.262.133, en su carácter de alguacil temporal de este Juzgado Superior, quien deberá suscribir conjuntamente con el Secretario todas y cada una de sus páginas. Ello a tenor de lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil Venezolano. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPERIOR,


DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
EL SECRETARIO,


IRVING LEONARDO REYES.






EXPEDIENTE Nº JSA-2018-000435.-
MGS/IR/er