REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
SAN FELIPE, DIECISÉIS (16) DE MARZO DE 2018
AÑOS: 207º Y 159°

Recibida por distribución el 13 de marzo de 2018, relativa a la demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, incoada por el abogado JOSÉ DE JESÚS RANGEL SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado N° 110.813, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil ARACOI, S.A., en la persona de su Presidente, ciudadano WILFREDO ALBERTO SALAS FELICE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.064.526, a través de su apoderado judicial abogado JOSÉ DE JESÚS RANGEL SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado N° 110.813; contra la Sociedad de Comercio FK FERRETERIA, C.A., inscrita en el Registro de Firmas de Comercio llevado por el entonces Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, bajo el número 46, tomo 100-A de fecha 14 de Julio de 1998, en la persona de su representante legal ciudadano FRANKLIN JOSÉ SADEDIN YÁNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.557.575; por cuanto la misma no resulta contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, se admite en cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con el artículo 43 de la Ley de Alquileres de locales Comerciales, en su segundo aparte, en concordancia con el artículo 864 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia, emplácese a la demandada, Sociedad de Comercio FK FERRETERIA, C.A., en la persona de su representante legal, ciudadano FRANKLIN JOSÉ SADEDIN YÁNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.557.575, con domicilio en la Avenida La Patria, cruce con Avenida 2 de la ciudad de San Felipe del estado Yaracuy, para que comparezca por ante este Juzgado dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a que conste en auto su citación; a dar contestación de la demanda. Compúlsese copia del libelo demanda, estámpesele orden de comparecencia al pie y entréguesele al alguacil de este Juzgado para que practique la citación ordenada, una vez que la parte actora consigne los fotostatos correspondientes, se procederá a la citación.
El Juez,

Abg. EDUARDO J. CHIRINOS CH.
El Secretario,

Abg. ELVYN J. QUIROGA BAUDIN
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede y se libró boleta de citación.
El Secretario,

Abg. ELVYN J. QUIROGA BAUDIN
Exp: 14.893.
EJCH/EQ/yr