REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veintiuno (21) de marzo de (2018)
(207° y 159°)

En el día de hoy miércoles veintiuno (21) de marzo de (2018), siendo la una y cincuenta minutos de la tarde (01:50 p.m.) día y hora fijada por auto de fecha (16-03-2018), a los fines de que tenga lugar la celebración de la audiencia oral para dar LECTURA DE LA DISPOSITIVA DEL FALLO, de conformidad con el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en la causa Nº JSA-2017-000401 (nomenclatura particular de este Juzgado), en virtud del RECURSO APELACIÓN ejercido por la representación judicial de la parte demandada en fecha (15-03-2017), contra la sentencia dictada por el a quo en fecha (30-09-2014), en la ACCIÓN POSESORIA POR DESPOJO A LA POSESIÓN AGRARIA, que sigue la AGROPECUARIA RANCHO ALEGRE, C.A., identificado en auto, constituidos en la Sala de Audiencias de este Juzgado Superior Agrario, la Juez Superior, Dra. MARGARITA GARCÍA SALAZAR, así como los abogados IRVING LEONARDO REYES, ANTONIO LUÍS ROJAS PARRA, Secretario y Alguacil, de este Juzgado; se anunció el acto en las puertas del Tribunal, se deja constancia que se encuentra presente en este acto el profesional del derecho ORLANDO ANTONIO GARCÍA PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° V-7.124.157 inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajos el N°74.700, en su carácter de Apoderado Judicial de AGROPECUARIA RANCHO ALEGRE, C.A., PARTE ACCIONANTE-APELANTE en la presente causa. Seguidamente, la ciudadana Juez Superior, le concede el derecho de palabra al Apoderado Judicial de AGROPECUARIA RANCHO ALEGRE, C.A., Parte Accionante-Apelante, quien expone: “en este estado ciudadana juez procedo a informar que por cuanto mi representado cuenta con Producción Agroalimentaria Sustentable y que hemos realizado la debida tramitación por ante el Instituto Nacional de Tierras, la declaratoria de tierras privadas, carta agraria entre otras; procedo en este acto a desistir del presente de recurso de apelación y me reservo las acciones de Ley a ejercer en nombre de mi representado y pido que así sea declarado el desistimiento planteado.”. Seguidamente toma la palabra la ciudadana Juez exponiendo: “oída la exposición realizada por la Representación Judicial de la Parte Accionante/Apelante, este Juzgado Superior Agrario informa que se pronunciara sobre el Desistimiento de Recurso Ordinario de Apelación ejercida en fecha (15-03-2017), en contra la decisión de fecha (30-09-2014), dentro de los Diez (10) días siguiente al de hoy (21-03-2018) (exclusive), de conformidad con lo establecido en el ultimo aparte en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.”. Siendo las dos y veinte minutos de la tarde (02:20 p.m.), se declara culminado el acto. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SUPERIOR,



DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACCIONANTE /APELANTE,



ABG. ORLANDO ANTONIO GARCÍA PÉREZ.
INPRE N° 74.700.-
EL ALGUACIL,


ABG. ANTONIO LUÍS ROJAS PARRA.
EL SECRETARIO,


ABG. IRVING LEONARDO REYES.

EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000401.-
MGS/ILR/ls.-