REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Miércoles, siete (07) de marzo de (2018)
(207° y 159°)
ACTA MESA DE TRABAJO.
En horas de despacho del día de hoy, Miércoles, siete (07) de marzo de (2018), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), estando presentes la Jueza, Dra. MARGARITA GARCÍA SALAZAR, así como los Abg. IRVING LEONARDO REYES GONZÁLEZ, ANTONIO LUÍS ROJAS PARRA, RICHARD WORMES y la Ing. Agr. JOHANNA MARTÍNEZ, respectivamente, Secretario Temporal, Alguacil y Asistentes de este Juzgado;a los fines de efectuar una mesa de trabajo fijada por Auto de fecha (05/03/2017), en la causa que se sustancia en el Expediente N° JSA-2016-000369, (nomenclatura particular de este Juzgado), motivo: RECURSO DE APELACIÓN (MEDIDA CAUTELAR), peticionada por los ciudadanos ALEIDA ROSA SUAREZ CASTILLO, ANDRÉS RAFAEL CASTILLO, EMILIA NORBELIS SUAREZ, titulares de las cedulas de identidad números: V-5.459.422, V-7.579.272, V-14.709.062, en su orden; representados judicialmente por las Abogadas YARIANA SUAREZ e ISBELIA FUENTES, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 96.761 y 17.586 en su orden. Se deja constancia que se encuentran presentes en este Acto los (las) Ciudadanos(as): ALEIDA ROSA SUAREZ CASTILLO, titular de la cedula de identidad número V-5.459.422, y EMILIA NORBELIZ SUAREZ, titular de la cedula de identidad número V-14.709.052. PARTES DEMANDADAS/APELANTES en la presente causa, representadas judicialmente por las Abogadas YARIANA SUAREZ e ISBELIA FUENTES, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 96.761 y 17.586 en su orden, igualmente presentes en este acto, de igual forma se encuentran presentes los (las) Ciudadanos(as) CARMEN ELENA SUÁREZ RODRÍGUEZ, MARIA YASMIN SUAREZ DE CARBONEL, JOSÉ GREGORIO SUAREZ RODRÍGUEZ, PEDRO PABLO SUAREZ Y DIARYS DE JESÚS SUAREZ RODRIGUEZ titulares de las cedulas de identidad números V-7.517.352, V-12.078.427, V-7584672 , V-824.411 y V-7.585.107, en su orden, PARTES SOLICITANTES DE LA MEDIDA, representados judicialmente por la Abogada LISETT MENTADO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 68.138, presente en este acto, igualmente presente el Abogado Carlos Remolina, en su carácter de Defensor Público Auxiliar con competencia en Materia Agraria, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Yaracuy, en representación de los Ciudadanos FELIPE NERYS SUAREZ, IRIS COROMOTO SUAREZ y CRUZ ELENA SUAREZ CASTILLO, venezolanos(as), mayores de edad y titulares de las cédulas de identidades N° V-3.258.460, V-13.315.158 y V-18.438.803, respectivamente, de los cuales se encuentra presente en este acto las segunda de los nombrados anteriormente, igualmente presente el ciudadano FRAY LUIS RODRIGUEZ SUAREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-13.797.462.; presente igualmente el Ing. Arquimedes Torres, titular de la cédula de identidad N° V-15.389.845, en representación de la Oficina Regional de Tierras del estado Yaracuy (ORT-Yaracuy). En este estado, la ciudadana Jueza, da inicio al acto, dando a conocer los puntos que se trataran en la presente mesa de trabajo; siendo éstos: PRIMERO: Tratar todo lo concerniente a la superficie total a repartir entre los herederos DE LA SUCESIÓN DEL CIUDADANO EMILIO SUAREZ (†), de conformidad con lo establecido en el Articulo 777 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, comprendida en lote de Terreno denominado Poa-Poa, SEGUNDO: Determinar el área total de reserva forestal, la cual será respetada por las partes en conflicto y cuya área está comprendida dentro del fundo Poa-Poa, TERCERO: Aclarar lo correspondiente a la Servidumbre de Paso, CUARTO: Definir la alícuota parte que le corresponden a cada uno de los herederos DE LA SUCESIÓN DEL CIUDADANO EMILIO SUAREZ (†), de conformidad con lo establecido en el Articulo 777 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, del área total del fundo Poa-Poa, QUINTO: Ubicación y Reubicación de los herederos DE LA SUCESIÓN DEL CIUDADANO EMILIO SUAREZ (†), dentro del fundo Poa-Poa, una vez determinado la alícuota parte de cada uno de ellos, SEXTO: Comparar las áreas ocupadas actualmente por cada uno de los herederos con las áreas resultantes del Informe Técnico entregado a este Tribunal por el Instituto Nacional de Tierras (INTI). Acto seguido toma la palabra la ciudadana Jueza y señala a los presentes la finalidad de la presente mesa de trabajo y en tal sentido, señala que aún faltan algunos puntos técnicos que aclarar, pero que los mismos serán dilucidados en la Sentencia Definitiva, seguidamente la Jueza hace referencia al primer punto a tratar en esta Mesa de Trabajo, el cual corresponde a PRIMERO: Tratar todo lo concerniente a la superficie total a repartir entre los herederos de la sucesión del ciudadano Emilio Suarez (†), de conformidad con lo establecido en el Articulo 777 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, comprendida en lote de Terreno denominado Poa-Poa. Seguidamente, la Jueza, hace mención al documento Transaccional que corre inserto en el expediente y el cual fue elaborado en el año 1979, el mismo fue leído a los presentes por la Abg. Astrid Navea (Abogada Asistente) de este Tribunal, posteriormente la Jueza hace referencia y algunas observaciones a dicho documento, en cuanto al punto SEGUNDO: Determinar qué hacer con el área total de reserva forestal, la cual será respetada por las partes en conflicto y cuya área está comprendida dentro del fundo Poa-Poa, se analizo el informe presentado por el INTI y a tal efecto se determinó que dicha área de reserva es de 22 ha con 9478 m2, seguidamente la Jueza señala que dicha área de reserva será y debe ser respetada por todos los herederos y que la misma será aclarada en la Sentencia Final, en cuanto al TERCERO: Aclarar lo correspondiente a la Servidumbre de Paso, aclarar cuál sería la parte más económica y factible para el Sr. Felipe Suarez y Neptali Suarez, ya identificados. En este punto la ciudadana Jueza menciona que el día de la Inspección Judicial realizada el día (31/01/2018), se detectó que entre los predios habitados por los ciudadanos: Felipe y Neptali Suarez, existe un camino por el cual circulan los campesinos y ocupantes de los lotes vecinos, el cual debe ser respetado por dichos ciudadanos, y que se debe buscar una solución más económica y factible para ambas partes, en cuanto al punto CUARTO: Definir la alícuota parte que le corresponden a cada uno de los herederos de la sucesión del ciudadano Emilio Suarez (†), de conformidad con lo establecido en el Articulo 777 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, del área total del fundo Poa-Poa, en este punto, la Ing. Johana Martinez (Asistente de este Tribunal) hace una breve explicación de los cálculos hechos por este Tribunal a lo fines de saber la alícuota parte de cada unos de los herederos, quedando el mismo de la siguiente manera, se determinó que los porcentajes a repartir son los siguientes: del área determinada según levantamiento realizado por la oficina regional de tierras del estado Yaracuy (Ort-Yaracuy), es decir 121 Ha Con 5322 M2, 22.2424 Ha para Aleida, María Raimunda y Cándida Suarez Castillo. 27.2424 Ha para Eufrosina Suarez Castillo (†). A los ciudadanos Pedro, Neptali y Felipe Suarez Castillo, les corresponden 5.6407 Ha, y a la Sucesión de José Alejandro Suarez, Le corresponden 10.6407 Ha, en cuanto al punto QUINTO: Ubicación y Reubicación de los herederos de la sucesión del ciudadano Emilio Suarez (†) dentro del fundo Poa-Poa. En este estado la Ciudadana Jueza otorga un compas de tiempo de una hora para que las partes traigan a la mesa de trabajo las propuestas a ser analizadas en la misma. cumplido el tiempo concedido siendo las dos de la tarde (2:00 pm) se da continuidad a la Mesa de Trabajo; es este sentido se hicieron las siguientes propuestas; 1) La representación Judicial de los ciudadanos Eufrosina, Aleida, Cándida y María Raimunda Suarez Castillo, manifiestan que se quedan con área de terreno que ocupan y ceden el área restante que le corresponde en la partición al acervo hereditario. En cuanto a la 2) Propuesta, La representación Judicial de los ciudadanos Neptali, Eufrosina, Aleida, Cándida y María Raimunda Suarez Castillo, proponen que el ciudadano Felipe Suarez Castillo ceda 2.9139 Ha para completar la alícuota del ciudadano Neptali Suarez Castillo, hasta completar lo que le corresponde en la partición. En este estado interviene la ciudadana IRIS COROMOTO SUAREZ, hija del ciudadano Felipe Suarez Castillo y manifiesta no estar de acuerdo con esa propuesta. En cuanto a la Servidumbre de Paso ubicado en lote de terreno que ocupa la ciudadana Cándida Rosa Suarez se deja expresa constancia que la misma ciudadana no tiene inconveniente en que se mantenga pero acota que se reglamente el uso y mantenimiento de la misma. 3) Proposición la hace la Abg. Lisett Mentado en nombre de los ciudadanos CARMEN ELENA SUÁREZ RODRÍGUEZ, MARIA YASMIN SUAREZ DE CARBONEL, JOSÉ GREGORIO SUAREZ RODRÍGUEZ, PEDRO PABLO SUAREZ Y DIARYS DE JESÚS SUAREZ RODRIGUEZ, y en tal sentido manifiesta que sus representados se queden en el lugar o lote que ocupan actualmente, correspondiendo predio que ocupa la ciudadana Eufrosina Suarez Castillo o en su defecto, en virtud de que el Sr. José Alejandro Suarez trabajaba en el lote ocupado por la Sra. María Raimunda Suarez, se les reubique allí. Acto seguido, la representación judicial de las ciudadanas María Raimunda y Eufrosina Suarez Castillo, manifiestan no estar de acuerdo con esta proposición, por cuanto han sido el lugar de trabajo de estas ciudadanas por muchos años. 4) La ciudadana María Yasmin Suarez de Carbonell, toma la palabra en nombre de su padre Ciudadano Pedro Suarez Castillo y propone que padre se quede ocupando el lote de terreno que actualmente trabaja. A lo que la representación judicial de los ciudadanos Neptali, Eufrosina, Aleida, Cándida y María Raimunda Suarez Castillo, se oponen, por cuanto se encuentra dentro del lote de terreno ocupado por la ciudadana Eufrosina Suarez Castillo. En este estado la ciudadana Jueza indica que este Tribunal por auto separado fijara Inspección Judicial in situ, a los lotes de terrenos identificados como “Las Cumbres” y “El Guache”, ubicados en el Municipio Bruzual del estado Yaracuy. Igualmente toma la palabra la ciudadana Jueza e indica que solicitará mediante Oficio al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de esta Circunscripción Judicial la remisión de los Expedientes identificados con los Números 00251 y 00174 (Nomenclatura particular de ese despacho), y se avocará al conocimiento de los mismos. Acto seguido, siendo las tres y quince minutos de la tarde (3:15 p.m.), el Tribunal da por concluida la presente Mesa de Trabajo, y ordena levantar la correspondiente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA,
Dra. MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR.
REPRESENTANTE JUDICIALES
DE LA PARTE SOLICITANTE DE LA MEDIDA,
PARTE SOLICITANTE DE LA MEDIDA
REPRESENTANTES JUDICIALES DE LOS APELANTES,
PARTES APELANTES,
Abg. CARLOS REMOLINA
DEFENSOR PÚBLICO AUXILIAR
IRIS COROMOTO SUAREZ
FRAY LUIS RODRIGUEZ SUAREZ
EL ALGUACIL,
ABG. ANTONIO LUÍS ROJAS PARRA.
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. IRVING LEONARDO REYES
EXPEDIENTE N° JSA-2016-000369
MGS/ILR/AR/Richard Wormes