REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, 02 de mayo de dos mil dieciocho
208º y 159º
ASUNTO: FH02-X-2016-000028
ASUNTO PRINCIPAL: FP02-V-2016-000326
Vista la diligencia de fecha 20/04/2018, suscrita por el ciudadano Leonardo Rangel mediante la cual solicito se levante la medida de prohibición de enajenar y gravar dictada por este tribunal y en virtud de haberse dictado sentencia el Juzgado Superior Civil de esta localidad en fecha 28/11/2017 que declara inadmisible la presente demanda de acción reivindicatoria, el Tribunal suspende la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 22 de julio de 2016 y ordena oficiar lo conducente al ciudadano Registrador Inmobiliario del Municipio Heres del Estado Bolívar a los fines de dejar sin efecto nuestro oficio N° 025-347/2016 de fecha 22/07/2016. En consecuencia, da por terminada las presentes actuaciones y remite el expediente a la Oficina de Archivo Judicial del Estado Bolívar, a los fines de su resguardo, constante de veinte (20) folios útiles. Líbrese oficio.
El Juez,
Abg. Manuel A. Cortés.-
La Secretaria
Abg. Soraya Charboné
Resolución Nro. PJ0192018000115
MAC/SCh/josmedith