REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veintiuno (21) de mayo de (2018)
(208° y 159°)
EXPEDIENTE Nº JSA-2015-000291
Estando en la oportunidad para publicar el EXTENSO DEL FALLO en la presente causa, y en virtud de que en fecha (20/04/2018), se oficio al Departamento de Memoria Documental del Instituto Nacional De Tierras (INTI), remitiera a la brevedad posible, información referente a la Certificación de Finca Productiva a favor de la Ciudadana MARÍA GABRIELA GARCÍA LUGO, titular de la cédula N° V-16.801.739, sobre una superficie de 26 has con 5000 m2, ubicado en el sector el Peñón parroquia San Javier, municipio San Felipe estado Yaracuy, según Reunión N° 059-08, de fecha 12 de mayo de 2008; asimismo es relevante destacar que este Juzgado Superior Agrario se encuentra con un alto cumulo de trabajo en virtud de las causas en sustanciación llevadas por este Juzgado, ya que se han practicado múltiples inspecciones en distintos municipios del estado, tales como: Bruzual, Nirgua, Arístides Bastidas, entre otros; en consecuencia de lo anteriormente señalado, y en vista que el Instituto Nacional de Tierras (INTI) aun no remite la prueba requerida, la cual podría aportar un mejor criterio en la solución del presente juicio, este Juzgado Superior Agrario DIFIERE la publicación del Extenso del Fallo, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil aplicable como norma supletoria de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Habida cuenta este Juzgado Superior ratifica el oficio N° JSA-0199/2018 de fecha (20-04-2018), mediante el cual se solicitó la referida información al Departamento de Memoria Documental del Instituto Nacional de tierras (INTI), precisando esta Juzgadora que aun cuando no se remitiera dicha información procederá a la publicación del Extenso del Fallo. Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR
EL SECRETARIO,
IRVING LEONARDO REYES.
EXPEDIENTE Nº JSA-2015-000291.-
MCGS/ILR/