REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, catorce (14) de noviembre de (2018)
(208° y 159°)


EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000386
CUADERNO DE MEDIDA

Vista la diligencia presentada en fecha (09/11/2018) por el abogado Erik Gabriel Duran Bejarano, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 101.722, en su carácter de Defensor Publico Segundo (e) en competencia en Materia Agraria, actuando en representación de la ciudadana LUZMILA JOSEFINA PÉREZ PINEDA, identificada en autos, tercero parte en la presente causa, mediante la cual expone: “…El día martes 06/11/2018 mi representada ingreso al lote de terreno para agarrar media lata de café, en horas de la mañana. Posteriormente, ya en horas de la tarde, el ciudadano Edgar Sira Valera y su hijo Keiver Sira Ortiz, amenazaron a mi representada diciéndole que la iban a picar en dos, además de decirle que le iba a tirar una bomba de gasolina para quemar a toda su familia, y también tumbarle el rancho. Dichos ciudadanos están metidos en el lote de terreno bajo la autorización de la ciudadana Gleny Felicia Zerpa Ortiz, según información suministrada por mi representada. Dicha declaración se hace para que este tribunal este en conocimiento de dicha situación irregular suscitada recientemente…”; y visto que este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, dictó medida en fecha (20/12/2017) declarando: “…PROCEDENTE, la solicitud de la Medida de Protección a la Producción Agroalimentaria sobre un lote de terreno ubicado en el Asentamiento Campesino Iboa, Sector Cerro Higuerón, Municipio Arístides Bastidas del estado Yaracuy, con una superficie aproximada de tres hectáreas con seis mil quinientos un metros (03 Has con 6.501 mts2), en la cual la ciudadana GLENYS FELICIA ZERPA, ya identificada desarrolla actividades agrarias…”, la cual se mantiene vigente hasta tanto se resuelva el conflicto ventilado en el Recurso Contencioso Administrativo Agrario de Nulidad; en consecuencia, ordena a la ciudadana LUZMILA JOSEFINA PÉREZ PINEDA, antes mencionada, abstenerse de ingresar al referido lote de terreno, ya que su incumplimiento pudiera ser considerado como desacato a la orden impartida por este Juzgado Superior, protegiéndose la continuidad de la producción agroalimentaria, debiendo respetar la producción que se desarrolla en el lote de terreno ut supra señalado. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPERIOR,


DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
EL SECRETARIO,


ABG. IRVING LEONARDO REYES.



EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000386.-
CUADERNO DE MEDIDA
MGS/mp.-