REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción
Judicial del Estado Bolívar. Sede Ciudad Bolívar.
Ciudad Bolívar, 03 de octubre de 2018
208º y 159º
ASUNTO: FP02-H-2018-000157
RESOLUCIÓN: Nº PJ0832018000437
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Vista la solicitud de homologación de acuerdo por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, de fecha veinticuatro (24) de septiembre del año 2018, suscrita por los ciudadanos: JUAN JOSE URBINA APONTE Y LEYDI ESPERANZA DIAZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-28.598.867 y V.- 27.940.595, respectivamente, a favor de su niño: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA de tres (03) años de edad, quien nació el veintiséis (26) de marzo del año 2015; este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Adolescentes de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo dispone el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes con 518 ejusdem, concordancia con los artículos 263 y 363 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-
ABOG. VERONICA JOSEFINA BARRETO.
Jueza Provisoria del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Sede Ciudad Bolívar.-
ABOG. YAQUELINE RODRIGUEZ
Secretaria de Sala.-
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