REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 23 de Abril de dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º
ASUNTO: FP02-V-2018-000310
Resolución Nº: PJ0262019000026


Vista la diligencia que antecede de fecha: 11 de Abril del año 2019, suscrita por el ciudadano: FREDDY MANUEL CARDOZO VILLAZANA, Abogado en ejercicio, e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 224.878, en su carácter de representante sin poder establecida en el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil como amigo de la parte demandada TASCA Y RESTAURANT LA INDIA C.A., (representada por el ciudadano: ARMANDO ACOSTA ALMEIDA), en la cual solicita a este Tribunal proceda a REPONER LA CAUSA al estado de que la parte actora publique un nuevo cartel de citación, quien aquí decide observa:

Una de las fases fundamentales en el proceso es la citación, por lo cual debe extremarse los cuidados para realizarla cuando no se ha podido hacer personalmente, y por lo tanto se debe recurrir a la citación por carteles. En el caso que nos ocupa se observa claramente que la publicación en prensa escita de los carteles de citación, se realizaron en días no acordes con lo previsto en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, lo cual conlleva al quebrantamiento de formas sustanciales generando vicios en dicha fase del proceso. Por consiguiente este Tribunal Tercero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REPONE LA CAUSA al estado de nueva publicación del Cartel de Citación a los fines de que la misma se considere ajustada a derecho. ASI SE DECIDE.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, a los VEINTITRES (23) días del mes de ABRIL del año DOS MIL DIECINUEVE (2.019). Años 209º de la Independencia y 160º de la Federación.
La Juez.,


Abg. Nilymar González Bermúdez
La Secretaria (T).

Abg. Nancy Guevara
La anterior decisión fue publicada en su fecha, previo anuncio de ley, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.).
La Secretaria (T).

Abg. Nancy Guevara
P/p. Giovana