PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.-
PUERTO ORDAZ, 23 DE ABRIL DE 2019
208º Y 159º

Vista la diligencia de fecha 12/04/2019, suscrita por el ciudadano ASDRUBAL RAFAEL BENAVIDES SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad bajo el Nro. V-4.718.623, debidamente asistida por la ciudadana NINOSKA FERREER, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.73.871, en la presente causa de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL signada bajo el Nro. 14.147 (nomenclatura interna de este despacho judicial), parte actora, incoada contra el ciudadano RICHARD JOSE MOFFI LUCES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad bajo el Nro. V-13.443.081; mediante la cual solicita la devolución de los documentos originales. En consecuencia, se ordena la devolución de los documentos originales cursantes en ella, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo de las presentes actuaciones, para su remisión en la oportunidad que corresponda al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial.
LA JUEZA PROVISORIA

ABG. SORAYA A. CHARBONÉ.-
EL SECRETARIO

ABG. JOSÉ ALEJANDRO SARACHE G.-


Exp. Nº 14.147-19
Sc/ JS/Evelin