REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 23 de ABRIL del 2.019.
Años: 208° y 160°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada ciudadanos: YANEZ YUSTY ANTONIO JOSE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.464.910 y domiciliado urbanización la Ascensión vereda 28, casa 17 , del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, BARRIOS GARCIA JOEL JOSE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.897.813 y domiciliado en el barrio Andrés Eloy Blanco, urbanización Las Mercedes, sector Los Abuelos, del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, TITULO SUPLETORIO de posesión a favor de la ciudadana, REINA ISABEL GARRIDO TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-12.937.678, sobre unas bienhechurías, construidas sobre un área de terreno municipal, ubicado en la calle 06, esquina avenida 12, sector Zumuco, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, con área que mide aproximadamente CIENTO DOCE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y NUEVE CENTIMETROS (112,39 Mts2) un área de construcción de DOSCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS (209,20 Mts2) comprendidos dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con avenida 12 con 12,04 metros ; SUR: con casa y solar que es o fue de Carmen Alvares con 7,90 metros; ESTE: Con solar de la casa que es o fue de Carmen Alvares con 11,96 metros OESTE: Con calle 06 que es su frente con 10,23metros; las bienhechurías consiste en una casa de dos (02) plantas con un (01) local comercial, construidas con paredes con paredes de bloque de cemento, piso de cemento pulido, techo de platabanda, distribuida de la siguiente manera: una (01) sala, una (01) escalera, una (01 sala de estar, una (01) cocina, un (01) comedor, cuatro (04) dormitorios, un (01) vertier, dos (02) baños con cerámicas, un (01) deposito, un (01) lavadero, un (01) local comercial con un (01) baño, se encuentra totalmente cercado con paredes de bloque de cemento, con sus instalación de servicios de luz y aguas; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. FIDEL ALEXANDER FIGUEROA JÁYARO LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L., GÓNZALEZ A.
En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.
LA SECRETARIA,