REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 10 de abril de 2019
Años: 208º y 160º
Vista la solicitud que dió comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, ciudadanas MARCHAN OJEDA MERLYS YELTZA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-7.594.163; domiciliada en la avenida 9 entre calles 22 y 23, municipio Independencia, estado Yaracuy, y OLIVARES MARCHAN MERLIANA YALITZA; venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.176.749; domiciliada en la calle 20 entre avenidas 2 y 3, municipio San Felipe, estado Yaracuy. Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana ROMERO GAUTIER ROSA ELIZABETH, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.607.090; suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos ROMERO GONZALEZ ONESIMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.325.934, y GAUTIER de ROMERO ROSA ISABEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.138.960. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones que forman el expediente N° 4.534-19; al solicitante y déjese copia en el archivo del Tribunal.
La Jueza,
Abg. María Elena Camacaro
La Secretaria Temporal,
Abg. Odalyz Lugo Martinez
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada.
La Secretaria Temporal,
Abg. Odalyz Lugo Martinez