REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 12 de agosto de 2019.
Años: 209º y 160º.
Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, los ciudadanos CRESPO CAMPOS WUILLIAMS ELISEO y DUNO HIGUERA ENRRIQUE ANTONIO, venezolanos, mayores de edad, solteros, domiciliados el primero en Quebrada Honda, sector El Cruce, vía Santa Rosa, casa sin número Aroa, municipio Bolívar, estado Yaracuy, y el segundo en Quebrada Honda, sector El Cruce, calle Principal casa sin número, Aroa, municipio Bolívar, estado Yaracuy y titulares de las cédulas de identidad Nº V- 12.285.275 y V-10.854.259 respectivamente, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano HERNANDEZ SIMÓN RAMÓN, quién era venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, casado, residía en Aroa Cruce de Quebrada Honda, casa N° 2021, municipio Bolívar, Estado Yaracuy, y titular de la cédula de identidad Nº 3.708.141; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a los ciudadanos DUNO DE HERNANDEZ JUANA BAUTISTA, HERNANDEZ GAINZA WLADIMIR RAMÓN, HERNANDEZ DUNO PEDRO RAFAEL, HERNANDEZ DUNO WILLIAN JOSÉ, HERNANDEZ DUNO YELITZA YULIBEL, HERNANDEZ DUNO YURBIS YASMIRA y HERNANDEZ DUNO SIMÓN JOSÉ, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de las cédulas de identidad Nº V-8.771.434, V-13.502.522, V-15.285.308, V-15.285.277, V-16.824.772, V-18.302.434 y V-27.492.061 respectivamente, asistidos por el abogado MARTÍNEZ MONTOYA JOSÉ GILBERTO, Inpreabogado N° 138.615. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse a los solicitantes, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 4.580-19 y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal.
La Jueza,
Abg. María Elena Camacaro
La Secretaria,
Abg. Mayairy Y Rangel O.
En la misma fecha de hoy, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas.
La Secretaria,
Abg. Mayairy Y Rangel O.