REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO RAÚL LEONI DEL PRIMER CIRCUITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO
BOLIVARIANO ANGOSTURA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVAR
CIUDAD PIAR, 14 DE ENERO DEL AÑO 2019
207° Y 158°
Expediente Nº 10-2018
(Obligación de Manutención)
En horas de despacho del día de hoy, siendo las Once de la mañana (11:00 a.m.), día y hora fijada por este Tribunal, para llevar a cabo la Audiencia Conciliatoria, de Conformidad con lo establecido en el artículo 516 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; en presencia de la Ciudadana Juez Suplente: Dra. PAGUIRMA BARRIOS, y la Secretaria Titular de este Despacho Abogada MARIA MARTINEZ.- Acto seguido, la Ciudadana Juez solicita a la Secretaria de este despacho, que deje constancia de las presencias de las partes; dejando así constancia que comparece la parte Actora Ciudadana DENIS DEL VALLE ORTIZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.158.409, y de este domicilio; asimismo, se encuentra presente la parte demandada Ciudadano MIKAEL MANUEL MEZA MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.657.716, y de este domicilio.- Acto seguido, la Ciudadana Juez les explica a las partes antes identificadas, la importancia del presente acto. Seguidamente se le concedió el derecho de palabra a la parte Actora Ciudadana DENIS DEL VALLE ORTIZ RODRIGUEZ, quien manifestó lo siguiente: “Ratifico en cada una de sus partes lo contenido en la presente solicitud de Obligación de Manutención. Asimismo, solicito el ajuste de los montos de acuerdo a la reconversión monetaria de la siguiente manera: La cantidad de BOLIVARES MIL BOLIVARES SOBERANO (BS. 10.000,00), de manera mensual y consecutiva; Para la Época de Vacaciones la cantidad de BOLIVARES DIEZ MIL BOLIVARES SOBERANOS (BS 10.000, OO). Para la Época Decembrina solicito que el señor se comprometa en comprarle sus estrenos correspondientes a la época, de igual forma en relación a la Época Escolar se comprometa en comprarle sus uniformes correspondientes. Es todo. Seguidamente se le concedió el derecho de palabra a la parte demandada, Ciudadano MIKAEL MANUEL MEZA MOLINA, quien manifestó lo siguiente: Estoy de acuerdo con lo solicitado por la madre de mi hija ciudadana DENIS DEL VALLE ORTIZ RODRIGUEZ, comprometiéndome en comprarle sus uniformes para la época escolar y los estrenos de la época decembrina, así como también me comprometo pagar la mensualidad y vacaciones correspondiente. Es todo”. Escuchadas como han sido las manifestaciones de las partes presentes en la respectiva audiencia, este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA en cada una de sus partes el acuerdo llegado entre éstas, por no ser contrario al Orden Público, a la Buenas Costumbres y a las disposiciones establecida en la Ley, ya que la presente homologación está bajo los parámetros de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en su artículo 375; constituyéndose la Obligación de Manutención de la siguiente manera: la suma de BOLIVARES DIEZ MIL SOBERANOS (BS. 10.000,00) por concepto de mensualidades consecutivas; para la Época de Vacaciones la suma de BOLIVARES DIEZ MIL SOBERANOS (BS. 10.000,00). Para la Época Decembrina el demandado de autos se compromete en comprarle sus estrenos correspondiente a su hija, así como también se compromete en comprarle sus uniforme para la época escolar.- Es importante hacerle saber a las partes el Incremento Automático de la Obligación de Manutención, una vez que el Ciudadano de Marras le sea aumentado su Salario. Asimismo, se insta a la ciudadana DENIS DEL VALLE ORTIZ RODRIGUEZ, a consignar facturas correspondientes a los gastos, a su vez, se le informa al demandado de autos que el Incumplimiento de lo aquí acordado, traerá como consecuencia que este Tribunal le imponga medidas gravosas. - A éste tenor, se ordena Librar Oficio al Banco Caroní para la apertura de una cuenta de ahorro a la beneficiaria.- La presente HOMOLOGACION, tiene fuerza ejecutiva y así se establece.- Es Todo. Ofíciese lo conducente al banco mencionado. Se Terminó, se Leyó y Conformes Firman. -
LA JUEZA SUPLENTE
ABG. PAGUIRMA BARRIOS
PARTE DEMANDADA PARTE ACTORA
MIKAEL MANUEL MEZA MOLINA DENIS DEL VALLE ORTIZ RODRIGUEZ
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. MARIA A. MARTINEZ
Expediente N° 10-2018 (Oblig. Manutención)
PB/Francis. -