PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.-
PUERTO ORDAZ, 24 DE ENERO DE 2019
208º Y 159º
Con vista a la presente causa en el estado procesal en que se encuentra y en mi condición de Juez Provisoria de este despacho judicial designada por la comisión judicial del Tribunal Supremo de Justicia, me ABOCO al conocimiento de la misma para todos los efectos legales respectivos.
Asimismo, por cuanto en fecha 30/05/2016 este tribunal instó a los solicitantes a consignar en autos copia certificada del certificado de defunción del ciudadano PARICHE MACAREO ARISTIDES, identificados en autos, en la presente causa de INSERCION DE ACTA DE DEFUNCION, presentada por la ciudadana NILDA RODRIGUEZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el Nro. V-4.035.170, debidamente asistida por la ciudadana MERCELY MARTINEZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 110.159, es por lo que este tribunal procedió a hacer una revisión de la solicitud y visto que de las actuaciones cursantes al expediente aparece que desde el 30/05/2016, hasta la presente fecha, la referida parte solicitante no ha realizado ningún acto de impulso procesal para instar dicha causa a lo que se agrega que tampoco se ha hecho presente en este despacho persona alguna que, legítimamente acreditado por los peticionantes, muestre algún interés en que se continúe con los trámites del proceso pese a que ha transcurrido un tiempo prudencial para su consignación; por ello este tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TERMINADA la presente causa de INSERCION DE ACTA DE DEFUNCION y ordena el archivo de la misma por falta de impulso procesal, ello en virtud de que las causas deben ser revisadas y actualizadas mensualmente para la elaboración de las estadísticas y la relación de inventarios expedientes existentes en el archivo (en trámite o paralizados).
LA JUEZA PROVISORIA,
ABG. SORAYA A. CHARBONÉ.-
EL SECRETARIO TEMP.,
ABG. JOSÉ ALEJANDRO SARACHE G.-
|