REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, dieciocho (18) de julio de (2019)
(209° y 160°)

ACTA
Dado que desde anteriores oportunidades la Dirección Administrativa Regional no ha podido proporcionar vehículo, en forma oportuna, para el traslado del Tribunal fuera de su sede por carecer del mismo; lo cual acarrea retardo procesal y siendo que en el presente caso la parte promovente de la inspección e interesada en la realización del traslado, ha manifestado voluntariamente en forma verbal, poder ella proporcionarlo para evitar los perjuicios que la falta de ello acarrea, el Tribunal acepta dicha oferta para el traslado y constitución de éste en el lote de terreno identificado como “FINCA CATIMAYAGUA”, ubicado en el sector EL MILAGRO, asentamiento Campesino CRUCITO LOTE 5, municipio Veroes del estado Yaracuy, constante de ciento cuarenta y cuatro hectáreas con siete mil doscientos setenta y un metros cuadrados (144 Ha, 7271mst2), alinderados de la siguientes manera: Norte: Terrenos ocupado por El Fundo La Esperanza, Finca La Estrella y Domingo Gil; Sur: Terrenos ocupados por Asociación Cooperativa Reserva Militar Mi Catira, Fundo Taca Macua y Ahmad Mahmud; Este: Terrenos ocupados por la Finca La Estrella, el Fundo Taca Macua, Domingo Gil y Antonio Castillo; Oeste: Terrenos ocupados por el Fundo La Esperanza, Ahmad Mahmud, José García y Víctor Martínez; a los efectos de evacuar la prueba de inspección Judicial promovida por el Abogado HENRY JACOB MOTA FERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad numero V- 4.122.944, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 13.181; en su condición de apoderado judicial del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTi), parte recurrida en la causa identificada bajo el alfanumérico JSA-2018-000448 (nomenclatura particular de este Juzgado Superior), relacionada con el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO DE NULIDAD CONJUNTAMENTE CON MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS Y MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGROPRODUCTIVA, incoado por el ciudadano ROGER GUILLERMO BELIZARIO LÓPEZ, titular de la cedula de identidad N° V-4.581.408 en contra del ente agrario. Igualmente el promovente se obliga a retornar al Tribunal a su sede, una vez concluido el acto judicial. Es todo, se leyó y conformes firman, a los dieciocho (18) días del mes de julio del año dos mil diecinueve 2019. Años 209° de la Independencia y 160° de la Federación.
EL JUEZ SUPERIOR (SUPLENTE),

Dr. IVÁN PALENCIA ARIAS.
EL SECRETARIO (TEMPORAL),


Abg. RICHARD JOSÉ WORMES CORONA
APODERADO JUDICIAL DEL
INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS,


ABG. HENRY JACOB MOTA FERNÁNDEZ





EXPEDIENTE N° JSA-2018-000448.-
IEPA/RJWC/ jm.-