REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 27 de Mayo de 2.019
Años: 209º y 160º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos ROSA MARGARITA BOLIVAR AVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.915.476, domiciliada en el asentamiento campesino Higueron, sector la esperanza, casa sin numero, Municipio San Felipe del estado Yaracuy y GREGORIS JESÚS COLMENARES MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-20.468.918, domiciliado en el sector la esperanza, asentamiento campesino Higueron, casa sin número, Municipio San Felipe, estado Yaracuy; este Tribunal Tercero De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios San Felipe, Independencia Y Cocorote de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano PABLO EMILIO BASTIDAS MIJICA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V–5.457.417; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), que mide MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTÍMETROS (1.299,94 mts 2) y un área de construcción Real de VEINTIOCHO METROS CUADRADOS CON CATORCE CENTÍMETROS CUADRADOS (28,14 mts2), ubicado en el sector la Esperanza asentamiento campesino Higuerón, parroquia San Felipe, del Municipio San Felipe, Estado Yaracuy; constante de una casa con las siguientes características: piso de cemento, paredes de bloques rustico, techo de acerolit, sala de recibo, cocina, baño, lavadero, una (01) habitación, cercado con alambre de púas con estantillo de madera. Con un valor actual aproximado de QUINIENTOS MIL BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 500.000,00); siendo sus linderos particulares: NORTE: Con rancho que es o fue de Jesús Escudero, con 14,90 M y un inmueble que es o fue de Diannery Pérez, con 32,00 M; SUR: Con casa y solar que es o fue de Cecilio Martínez, con 36,85 M y un quiebre de 27,60 M; ESTE: Con calle principal, con 17, 60 M y OESTE: Con inmueble que es o fue de Diannery Pérez, con 1,75 M y dos quiebres, uno de 35,00 M y el otro de 15,30 M. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria Temporal,
Abg. DANIELA FUENTES
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de diez (10) folios útiles a la parte interesada.
La Secretaria Temporal,
Abg. DANIELA FUENTES
Sol Nº 1991/TLRVDD/df/mrpt.