REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 17 de febrero de 2020
Años: 209º y 160º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos llamarse SAÚL RAMÓN VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V- 4.474.708 domiciliada en urb las tapias calle José Félix Rivas casa numero 10. San Felipe Estado Yaracuy y ANDRÉS RAFAEL OROPEZA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V- 8.511.238 domiciliado las tapias calle 10 José Félix Rivas casa numero 10, San Felipe, Estado Yaracuy, este Tribunal Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios San Felipe, Independencia Y Cocorote De La Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana GENOVEVA CABRERA DE NIETO, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V-4.970.824, asistida por el abogado Asdrúbal José Morales Lugo, inscrito en el Inpreabogado con el número 267.131; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de terreno propiedad del instituto nacional de tierras urbanas (INTU), que mide, en su totalidad DOSCIENTO NOVENTA Y UNO CON ONCE METROS CUADRADOS (291,11 Mts2) con un área de construcción de CIENTO TRES CON CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (103.45 mtrs2) construyo a sus propias y únicas expensas unas bienhechurías consistente en una casa con las siguientes características cinco habitaciones (05), sala, comedor, cocina, un (01) baño, puertas de cierro, ventanas de hierro, techo de zinc, piso de cemento. El terreno se encuentra ubicado en calle 10 (José Feliz Rivas) entre av. bolívar y 19 de abril sector las tapias II, parroquia San Felipe jurisdicción del municipio San Felipe, con un valor aproximado de TRES MILLONES DE BOLIVARES (3.000.000 BS) el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con casa y solar que es o fue de la señora Briceida Grupullo con trece con cincuenta y seis metros (13,56 mts). SUR: Con calle 10 (Jose Felix Rivas) que es su frente con trece con cincuenta y nueve metros (13,56 mts). ESTE: Con solar y casa que es o fue de la señora Petra Carmona con veintiuno con sesenta y tres metros (21,63 mts) y OESTE: Con solar y casa que es o fue del señor Andrés Oropeza con veintiuno con veintiséis metros (21,26 mts) .Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
El Secretario Temporal,
Abg. JESUS JAMEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de un (01) folio útiles, y tres (03) anexos a la parte interesada.
El Secretario Temporal,
Abg. JESUS JAMEZ
Exp. N° 2085 Og