REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, dos (2) de noviembre del año 2020
210° y 161°
EXPEDIENTE Nº JSA-2018-000456
En virtud de la diligencia de fecha (20-10-2020) inserta al folio (667) presentada por la abogada ISABEL RODRÍGUEZ GARRIDO, venezolana, mayor de edad, titulares de la cédula de identidad número V-17.511.917, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 130.593, quien ejerce representación Judicial de la Sociedad Mercantil “AGROINDUSTRIAL GIGI, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha cuatro (4) de noviembre de 1994, bajo el número 17 tomo 143-A-Pro, identificada con el R.I.F. J-30221507-2, en su condición de Recurrente en el presente juicio; y por cuanto en fecha veinte (20) de febrero de 2020, la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, me designó como Jueza Suplente del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, y prestado el debido juramento de Ley en fecha (04-03-2020), verificado así mismo mi toma de posesión de funciones en este Tribunal en fecha cinco (5) de marzo del año en curso, según consta en Acta Nº 388 del Libro respectivo llevado por este Despacho; en aras de otorgar las vías y medios procesales contemplados en nuestra normativa legal me ABOCO al conocimiento de la presente causa, la cual se encuentra en el estado de la ADMISIBILIDAD DE LAS PRUEBAS. En consecuencia, con la finalidad de resguardar el Derecho a la Defensa y a la Tutela Judicial Efectiva se acuerda la notificación de las partes intervinientes en la presente causa, del presente abocamiento, informándoles que una vez transcurrido los dos (2) días como término de la distancia; así como los diez (10) días de despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil y, que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas se practique, comenzará a transcurrir el lapso de tres (3) días de despacho establecido en el artículo 90 de la precitada norma, a los fines de salvaguardar el derecho que tienen las partes de recusar a la nueva Jueza, vencido el mismo sin que las partes hubieran hecho uso de tal derecho, la causa continuará en el estado procesal antes indicado. En tal sentido, notifíquese mediante Boleta a la parte Recurrente, ciudadano GIANNI MAURO GELLENI BENCO, titular de la cédula de identidad número V-3.959.737, en su condición de Presidente de la Sociedad Mercantil AGROINDUSTRIAL GIGI, C.A. antes identificada, y/o a sus representantes judiciales abogadas ISAULY CARISA PALACIOS OROPEZA e ISABEL VALENTINA RODRÍGUEZ GARRIDO, titulares de las cédulas de identidad números V-15.484.713 y 17.511.917 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 112.124 y 130.593; así como, a los Integrantes de la COOPERATIVA FAMILIAR EL GARRABAS 115 R.L., RIF J-407234412, ciudadanos LUISA REYES, GUALBERTO RAGA, JUSTINO SÁNCHEZ, WALTER RAGA y YELITZA RAGA, en orden respectivo, titulares de la cédula de identidad números V-3.331.115, V-12.938.426, V-5.459.133, V-11.649.432 y V-12.082.922; así mismo a los ciudadanos ESTHER VÁSQUEZ, GREZZI JAQUELINE LINARES ROJAS, EMERSON VLADIMIR ESTRADA AGÜERO, MARCOS PINEDA, MARCOS SÁNCHEZ, CHARLIS TORREALBA, PEDRO SILVA, DIOMELIS RODRÍGUEZ, YAJAIRA MEDINA, VALENTINA VENTURA, TEÓFILO ANTONIO GARCÍA, LINA PALENCIA, DIMAS GRANADILLO, EPIFANIO SÁNCHEZ, ALBELIS BALBIN, MARINA MENDOZA, BELKIS GUARIN, ZULEIVY GUARIN, RUTMARI MARCHAN, MARILIN CONTRERAS, RAFAEL GONZÁLEZ, JOSÉ SILVA KILBER PARRA, EDWIN GONZÁLEZ, JAVIER BOLÍVAR, ELIZABETH GARCÍA, HUGO ALFREDO GONZÁLEZ, ANABEL ROJAS, JACKDY BARBOZA, JOSÉ LEONARDO SANTELIZ, JOSÉ GARCÍA, , LUIS CARRILLO, MELMORO GRATEROL, ARMANDO PEÑA, PEDRO RODRÍGUEZ, NICOLÁS BAUTISTA PEREIRA; titulares de las cédulas de identidad números V-7.580.365, V-15.769.201, V-15.769.201, V-24.557.472, V-11.648.993, V-16.043.011, V-10.370.015, V-15.285.255, V-24.703.734, V-4.971.229, V-7.470.405, V-13.768.971, V-10.859.817, V-3.331.896, V-19.455.083, V-21.706.173, V-13.797.607, V-15.769.210, V-20.464.107, V-8.836.087, V-11.272.146, V-18.052.106, V-15.108.215, V-11.363.904, V-15.482.234, V-14.442.941, V-16.482.870, V-27.258.049, V-12.279.219, V-19.005.882, V-15.283.580 ,V-10.367.525, V-8.513.153, V-21.316.742, V-11.646.607, y Nº V-11.279.915, respectivamente, en su condición de TERCEROS INTERESADOS quienes participaron en vía administrativa. De igual forma, notifíquese mediante Oficios a la parte recurrida INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, y a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, a quienes se les concede dos (2) días como término de distancia de conformidad con el artículo 205 del Código de Procedimiento Civil. A los efectos de dar cumplimiento a dichas notificación se comisiona suficientemente al Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y estado Miranda. Líbrense boletas, Oficios y Despachos. Cúmplase.-
LA JUEZA SUPLENTE,
ABG. MÓNICA DEL SAGRARIO CARDONA PEÑA
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. ALÍ ALCIDES TORREALBA SALAZAR
Seguidamente se cumplió con lo ordenado, librándose los Oficios números JSA-081/2020, JSA-082/2020 y JSA-083/2020; así como, Boleta de Notificación y la respectiva Comisión.
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. ALÍ ALCIDES TORREALBA SALAZAR
EXPEDIENTE Nº JSA-2018-000456
MCP/AATS/dp