REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, cuatro (4) de noviembre de (2020)
(210° y 161°)
EXPEDIENTE N° JSA-2016-000321
Vista las diligencias presentas en fecha veintidos (22) de octubre de 2020, por la abogada BETZAIDA ZERPA, identificada en autos, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana BRÍGIDA BLASCO MONTESINOS, titular de la cédula de identidad N° V-4.965.748, tercero interesado en la presente causa, mediante las cuales expone: “…muy respetuosamente solicito se aboque en la presente causa (…) solicito copias certificadas de los folios 183 al 189 vuelto, en la segunda pieza 18…”; y por cuanto en fecha veinte (20) de febrero de 2020, la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, me designó como Jueza Suplente del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, y prestado el debido juramento de Ley en fecha (04-03-2020), verificado así mismo mi toma de posesión de funciones en este Tribunal en fecha cinco (5) de marzo del año en curso, según consta en Acta Nº 388 del Libro respectivo llevado por este Despacho; en aras de otorgar las vías y medios procesales contemplados en nuestra normativa legal me ABOCO al conocimiento de la presente causa. En consecuencia, este Juzgado Superior Agrario ACUERDA proveer por Secretaría las copias certificadas solicitadas, una vez que dichos fotostatos sean consignados ante este despacho por la parte solicitante, en ese sentido, se comisiona amplia y suficientemente a la Ciudadana Emperatriz Ramírez, titular de la cédula de identidad número V-25.359.422, en su carácter de Alguacil de este Tribunal Superior, quien deberá suscribir conjuntamente con el Secretario todas y cada una de sus páginas. Ello a tenor de lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil Venezolano. Cúmplase.-
LA JUEZA SUPLENTE,
ABG. MÓNICA DEL SAGRARIO CARDONA PEÑA
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. ALÍ ALCIDES TORREALBA SALAZAR
EXPEDIENTE Nº JSA-2016-000321
MC/AT/er