REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 01 de diciembre de 2021.
Años: 211° y 162°
Revisada como ha sido la presente solicitud de MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS, incoada por el ciudadano JOSÉ LUIS GARCÍA VÁSQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.964.903; por cuanto la presente causa se encuentra inactiva por falta de impulso procesal de las partes por más de un (01) año; en consecuencia este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, ordena cerrar el presente expediente, archivarlo, desincorporarlo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al archivo judicial para su guarda y custodia.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González.
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, en el auto que antecede.
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Exp.4210-2016
Abg.EGG/Spt/yurianner.-
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