REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 03 de diciembre de 2021.
Años: 211° y 162°

Revisada como ha sido la presente causa de DIVORCIO 185-A, incoada por los ciudadanos JOSÉ AMABLE AGATÓN Y MARÍA SIMONA PALACIOS CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-10.862.915 y V-12.281.410 respectivamente; por cuanto la presente causa se encuentra inactiva por falta de impulso procesal de las partes por más de un (01) año; en consecuencia este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, ordena cerrar el presente expediente, archivarlo, desincorporarlo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al archivo judicial para su guarda y custodia.

El Juez,

Abg. Edwin Godoy González.
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, en el auto que antecede.
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba



Abg.EGG/Spt/diana.-
Exp: 3026-2019